MADRID, 21 (SERVIMEDIA)
El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo de Magdalena Valerio contra la anulación de su nombramiento al frente del Consejo de Estado.
Según informó este martes la Fundación Hay Derecho, que recurrió ese nombramiento, el Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo de Valerio contra la sentencia del Tribunal Supremo que estimó el recurso de esta entidad, que argumentó que la exministra no cumplía el requisito exigido legalmente de ser jurista de reconocido prestigio.
“La sentencia del Supremo puso de manifiesto que los nombramientos discrecionales realizados por el Gobierno también deben cumplir los requisitos legales. No se puede nombrar presidenta del Consejo de Estado a quien no cumple los requisitos exigidos por la ley”, aseguró la secretaria general de Hay Derecho, Elisa de la Nuez, tras conocer la decisión del Constitucional.
En su opinión, aquella sentencia del Supremo “marcó un hito” por varios motivos. Por un lado, subrayó la necesidad de que los altos cargos públicos cumplan con los requisitos establecidos para dar validez a su nombramiento. Se establecía así un “precedente fundamental que evitará que prevalezcan motivos políticos o de intereses individuales en los nombramientos de altos cargos públicos”. Además, el cumplimiento de estos requisitos es especialmente necesario en relación a los órganos de control, como es el Consejo de Estado.
Por otro lado, añadió, la sentencia del Tribunal Supremo “reconoció la legitimación activa de la Fundación Hay Derecho para impugnar decisiones que atentan contra los principios del Estado de derecho”.
Aquel reconocimiento, según la directora general de la Fundación, Safira Cantos, reconoció su posición “como legitimada para cuestionar en los tribunales los actos de abuso de poder que atentan contra el Estado de derecho. Esta resolución del Tribunal Constitucional es un espaldarazo a la labor que realizamos organizaciones como Hay Derecho”, aseguró.
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