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San Sebastián ayuda a cerca de 1.000 personas a empadronarse socialmente para cumplir con la legislación vigente

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SAN SEBASTIÁN, 17 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de San Sebastián cuenta, actualmente, con cerca de 1.000 padrones de carácter social cumpliendo con lo establecido en la normativa estatal que regula la gestión del Padrón municipal.

Según han explicado desde el Consistorio donostiarra, este tipo de empadronamiento es aquel en el que “se empadrona a una persona en un lugar distinto al de su residencia real”, es decir, “conoce que la persona es quien dice ser y que vive en la ciudad, pero no es posible su empadronamiento en el lugar en el que reside”.

Entre los motivos están porque está acogida en un piso de emergencia social (víctimas de violencia de género, por ejemplo), porque la persona propietaria de la vivienda en la que vive no le permite empadronarse y la persona en cuestión no se atreve a hacerlo, porque vive en un lugar fijo que no figura como inmueble en el padrón de viviendas (caravanas, acampadas), o porque vive en la calle y no tiene un lugar fijo.

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En estos casos, una vez comprobado que la persona vive donde dice, el Ayuntamiento le ofrece dos opciones: ayudarle a empadronarse donde vive (opción preferente), y en algunos casos, empadronarle en una dirección de carácter social.

La Resolución de 29 de abril de 2020 de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dicta instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal.

Así, establece que “una persona debe empadronarse donde vive y el Ayuntamiento tiene obligación de empadronarle si le consta que vive ahí”. Además, señala que “ni el tipo de vivienda (piso, garaje, tienda de campaña, calle…) ni la ausencia o naturaleza del contrato que regula su uso (propiedad, alquiler…) condicionan esta obligación de empadronarse” y que “nadie, incluido el dueño de una vivienda, puede impedir que una persona que vive en una casa, se empadrone en ella”.

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En estas situaciones excepcionales en las que se dificulta la gestión del empadronamiento, los Servicios Sociales municipales interceden para que estas personas puedan obtener el padrón que les corresponde por ley. Su ayuda consiste en aportar una prueba al Padrón municipal en la que se certifique si una persona es quien dice ser y si vive o no en San Sebastián desde hace al menos 3 meses, y aportar una dirección en la que se le pueda empadronar.

Se trata de un trámite que se realiza a través de Udalinfo, como el resto de empadronamientos, pero en el que los Servicios Sociales prestan asistencia a estas personas que se encuentran en situaciones vulnerables para cumplir con la legislación.


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