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Sanidad compensará con 49.000 euros a un paciente por negligencia médica en el tratamiento de un hombre con una erección de 30 horas

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VALÈNCIA, 16 (EUROPA PRESS)

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha reconocido que la Conselleria de Sanidad deberá indemnizar con 49.104 euros por la mala praxis en el diagnóstico y tratamiento a un paciente parapléjico de 36 años con priapismo que llevaba 30 horas con un erección mantenida, lo que le causó graves secuelas. Asimismo deberá abonar 5.000 euros a su mujer por daños morales.

El pleno del organismo, en un dictamen avanzada por el diario Levante-EMV, estiman así parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el hombre ante Sanidad Universal y Salud Publica por los daños y perjuicios derivados del retraso en el tratamiento de priapismo ya que tuvo que acudir hasta tres veces a Urgencias y precisó de dos intervenciones.

Así, el CJC señala que el informe pericial y el de la Inspección Médica confirman la existencia de responsabilidad patrimonial de la administración por esta mala praxis. El hombre acudió a Urgencias del Hospital de Ontinyent el 5 de julio de 2020 con erección mantenida de seis horas y tras una exploración física y una analítica se le dio el alta con control del médico de atención primaria.

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Pasadas 20 horas, ya que la erección no cedía con el tratamiento que le habían dado, acudió de nuevo al hospital. En esta ocasión, se consultó con un urólogo de guardia de Xàtiva, que “acertadamente” recomendó que se le realizara un drenaje y se le proporcionaron las medidas de asepsia adecuadas y tras constatar una disminución de la erección le volvieron a dar el alta. El paciente acudió por tercera vez a Urgencias por empeoramiento de la erección y se le derivó al Hospital de Xàtiva, donde en esta ocasión sí que quedó ingresado.

A los pocos días del alta hospitalaria se le intervino quirúrgicamente para colocarle una prótesis maleable de pene, pero tres meses después se le tuvo que reintervenir para la reparación de extrusión de la prótesis peneana.

El CJC concluye que queda “acreditada la existencia de un diagnóstico erróneo y una demora injustificada en la realización de pruebas que hubieran anticipado el diagnóstico”. Como consecuencia de esta mala praxis y el mal resultado de la prótesis por la que tuvo que ser reintervenido el joven sufre dolor y disfunción erectil.

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