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Seis miembros de ETA admiten su implicación en el ataque de 2005 en un parque industrial de Ávila

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Dos de ellos aceptan penas de hasta 3 años y 9 meses de prisión

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

Seis exintegrantes de la organización terrorista ETA han reconocido este lunes en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional su participación en el atentado perpetrado en septiembre de 2005 en el polígono industrial Vicolozano, situado en Ávila.

Dos de los acusados, Igor Martin y Zumbel Larrea, han aceptado 3 años y 9 meses de cárcel respectivamente por los delitos de colaboración con organización terrorista y tenencia de explosivos en concurso con un delito de daños. También se han conformado con dos meses de prisión por un delito de falsedad documental, aunque este será sustituido por 4 meses de multa.

Los otros cuatro acusados, Aitzol Etxaburu, Asier Badiola, Harriet Aguirre e Idoa Mendizabal han aceptado una condena de 2 años y 8 meses de prisión por los delitos de tenencia de explosivos en concurso con un delito de daños, además de un delito de falsedad documental. Cabe destacar que ya fueron condenados previamente por su relación con ETA, por lo que la Fiscalía ha retirado ese delito.

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Fue el 24 de septiembre de 2005, a las 22.00 horas, cuando, según la Fiscalía, un artefacto de fabricación casera que contenía unos 40 kilos de cloratita hizo explosión causando numerosos destrozos y daños materiales en instalaciones de empresas asentadas en el citado polígono.

A preguntas de la Fiscalía, todos ellos han asegurado de forma individual que estaban de acuerdo con el relato de hechos recogido en el escrito de acusación, pero no así con las penas de cárcel solicitadas inicialmente.

El Ministerio Público dirigía acusación en un principio contra Aitzol Etxaburu, Igor Martin, Asier Badiola, Zumbel Larrea, Harriet Aguirre e Idoa Mendizabal por delitos de pertenencia a banda terrorista, tenencia de explosivos en concurso ideal con un delito de estragos terroristas y falsedad en documento público.

Sin embargo, la fiscal ha modificado sus conclusiones y ha señalado que cuatro acusados ya habían sido condenados por pertenencia a organización terrorista. Además, ha cambiado el delito de estragos terroristas por uno de daños y ha aplicado la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

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