MADRID, 08 (SERVIMEDIA)
CCOO criticó este miércoles la “injustificada diferencia de trato” que se está dando a los ciudadanos después de que la Agencia Tributaria reconociera a comienzos de 2024, a partir de diferentes sentencias judiciales, el derecho de los pensionistas a minorar un porcentaje de su base imponible de IRPF con las cotizaciones realizadas a las antiguas mutualidades entre los años 1967 y 1978 (un 25% de la parte de pensión correspondiente) y las anteriores a 1967 (100%).
Además de tener en cuenta esta situación para las declaraciones anuales de 2023 y posteriores, para facilitar la posible devolución a los pensionistas afectados de los ejercicios anteriores no prescritos, la Agencia Tributaria facilitó en el mes de marzo de 2024, en su página web, un formulario donde solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF de los ejercicios 2019-2022.
En dicho formulario se autorizaba a la Agencia Tributaria la realización de la rectificación de dichos ejercicios determinando el porcentaje de minoración y con ello el importe a devolver.
Al amparo de ese procedimiento establecido por la propia administración tributaria, CCOO explicó que cientos de miles de personas en esta situación han presentado en el plazo correspondiente las reclamaciones sobre esos años 2019 a 2022.
Una parte de esas personas han visto reconocida su reclamación y han recibido las cantidades por las que, a la vista del criterio jurisprudencial y la aplicación del mismo por parte de la Administración Tributaria, no debían haber tributado en esos años. Otra parte han visto reconocido el derecho a esa devolución y están pendientes de recibirla. Finalmente, una parte relevante de las personas que han reclamado, aún aguardan respuesta de la Agencia Tributaria, si bien con la perspectiva clara de estimación y cobro.
Sin embargo, CCOO señaló que una disposición aprobada a finales del pasado año en el Parlamento deja sin efecto las solicitudes de devolución que no hubieran sido resueltas antes del 22 de diciembre de 2024, inhabilitando también el formulario preestablecido (eliminándolo de la web), y como consecuencia de ello suprime la posibilidad de reclamar y poder recibir las devoluciones de los 4 ejercicios en un solo pago.
NUEVO PROCEDIMIENTO
Se establece un nuevo procedimiento, con interrupción del cómputo del plazo de prescripción, para que las personas afectadas puedan volver a presentar su reclamación, por segunda vez, pero ahora año a año, entre 2025 y 2028, limitando cada reclamación a un año entre 2019 y 2022, para reclamar, de nuevo, lo tributado en exceso en cada ejercicio.
CCOO valoró de manera “muy negativa” esta modificación del criterio y del procedimiento que se determinó y puso en marcha en enero de 2024, tras múltiples reuniones y conversaciones mantenidas con el Ministerio de Hacienda, la Agencia Tributaria y el Ministerio de Seguridad Social durante el año 2023, que dio lugar al cruce de datos entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, para garantizar el acceso a la aplicación de esta medida.
“Es una decisión arbitraria, que no ha contado con participación o consulta alguna y no ha sido justificada por parte de la Agencia Tributaria ni del Gobierno Central, más allá de que podamos intuir que se trata de aplazar y diluir el impacto económico de esta cuestión en un marco de prórroga presupuestaria e implantación de nuevas reglas fiscales en la UE”, lamentó el sindicato.
1.325 MILLONES
Según datos de la AEAT, hasta noviembre las devoluciones del ejercicio 2023 habrían alcanzado los 1.325 millones de euros. Si se tiene en cuenta que la medida aprobada retrasa y periodifica la reclamación de los cuatro ejercicios anteriores, el impacto previsible de esta medida superaría “muy holgadamente” esa cifra, según CCOO.
A su criterio, esta decisión “genera inseguridad jurídica, aplica con carácter retroactivo una norma fiscal desfavorable, además de generar agravios comparativos entre las personas pensionistas afectadas”.
Todas han seguido el procedimiento preestablecido por la Agencia Tributaria, pero mientras algunas personas ya han recibido o van a recibir la totalidad de lo solicitado, a otras se les exige comenzar el proceso de nuevo y recibir la posible devolución de manera fraccionada en cuatro ejercicios, con los elementos de “incertidumbre” y, como mínimo, “demora” que ello introduce en las personas afectadas, atendiendo a su situación en cada caso.
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