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La Junta pide absolver a Rivera y al ex sindicalista del ERE de Fertiberia y la fiscal ratifica cárcel

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Avisa que ello no implica “renunciar a la acción civil” para recuperar los 9,7 millones de euros de los ERE de Fertiberia

SEVILLA, 8 (EUROPA PRESS)

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este miércoles la última sesión del juicio iniciado el pasado mes de noviembre contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera y un ex sindicalista de CCOO-A; por presuntos delitos de prevaricación y malversación en los más de 9,76 millones de euros concedidos por la Junta de Andalucía al margen del “procedimiento legal”, para pólizas de seguro de rentas de trabajadores andaluces de la empresa Fertiberia incluidos en los expedientes de regulación de empleo (ERE) acometidos por tal entidad.

Durante esta última sesión, la fiscal del caso, que inicialmente reclamaba cinco años de cárcel, el mismo plazo de inhabilitación especial y 12 años de inhabilitación absoluta para Daniel Rivera y siete años de cárcel, el mismo periodo de inhabilitación especial y 17 años de inhabilitación absoluta para el ex sindicalista de CCOO-Andalucía Juan Antonio Florido, por un presunto delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación, de carácter continuado en el segundo caso; ha elevado a definitivas sus conclusiones provisionales.

Eso sí, en las cuestiones previas, la fiscal había modificado sus conclusiones, en el sentido de reducir a cinco años de cárcel, el mismo tiempo de inhabilitación especial y 12 años de inhabilitación absoluta su petición de pena para Juan Antonio Florido.

La fiscal del caso, en su informe, ha considerado que ha quedado acreditada la “incuestionable participación” de ambos en los hechos enjuiciados, insistiendo en que para el ERE promovido en 2003 por Fertiberia para extinguir 166 puestos de empleo, aunque la empresa “no solicitó ningún tipo de ayuda”, la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta y la entonces Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), le otorgaron una ayuda sociolaboral por valor de más de 2,26 millones de euros con relación a 14 extrabajadores prejubilados.

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CASI DIEZ MILLONES DE EUROS EN AYUDAS

Según la Fiscalía, en total la Junta libró 9,76 millones de euros para pólizas de seguro de rentas de extrabajadores afectados por los ERE de Fertiberia, sin que la empresa lo pidiese.

En concreto, siempre según la Fiscalía, fueron 1,95 millones para 12 trabajadores del ERE de 2003 fruto una presunta “mecánica ilícita” supuestamente orquestada entre ellos y Florido para, ante el despido colectivo de ese año, solicitar primero “el traslado de centro de trabajo y, al poco tiempo, obtener una baja incentivada y la inclusión de estos trabajadores como beneficiarios de las pólizas de seguro de rentas de jubilación, a través de las cuales se instrumentalizó el pago ilícito de las ayudas”; con lo que acabaron “cobrando un incentivo por traslado y posteriormente otro adicional por la baja incentivada”.

Figuran en el escrito de acusación otros 317.735 euros para las primas de los otros dos trabajadores del despido colectivo de 2003 y, además, 7,5 millones de euros para la póliza de seguro de rentas de 159 trabajadores del ERE de 2009, “de la que no consta ningún pago”; pesando en ello las diferentes órdenes de pago de Daniel Alberto como director general de Trabajo desde abril de 2010, a la agencia IDEA, con relación a tales ayudas concedidas.

SIN “PROCEDIMIENTO LEGAL”

“El destino de estas subvenciones era financiar el coste de la indemnización por despido colectivo acordadas entre la empresa y los trabajadores” y, según la Fiscalía, eran “verdaderas ayudas a la empresa, no constando ningún análisis económico realizado por la Junta” sobre su procedencia y que en su tramitación “se prescindió total y absolutamente del procedimiento legal”, lo que “daría lugar a causa de nulidad de pleno derecho”, pesando que tampoco hubo “fiscalización” ni seguimiento del dinero concedido.

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La fiscal ha señalado así la “participación activa” de Florido, quien en el juicio ha negado tal extremo, exponiendo la representante del Ministerio Público que en la vista varios testigos trabajadores de la mediadora Vitalia Vida manifestaron que “ante dificultades por las pólizas había que concertar una reunión con Florido”.

Además, después de que en 2004 el entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Francisco Javier Guerrero, fallecido en 2020 y condenado por prevaricación y malversación en la sentencia del “procedimiento específico” de financiación de los ERE incentivados con fondos autonómicos y las ayudas arbitrarias a empresas; formalizase un documento inicial destinado a “abonar” 812.049 euros para la póliza de los citados 12 extrabajadores de Fertiberia; la fiscal ha avisado de que es “incuestionable” que Daniel Alberto Rivera, quien ocupó dicho cargo desde 2010 “formalizó las órdenes de pago” en su etapa para continuar abonando los compromisos adquiridos por dicho departamento con relación a la plantilla de Fertiberia.

En su comparecencia, Rivera explicaba que cuando desembarcó en 2010 en la Dirección General de Trabajo, era María José Rofa, quien fuera asesora en dicho departamento, quien le “ponía los documentos a firmar”. Es decir que ella era “la persona técnica que fijaba las cantidades” de las órdenes de pago que él firmaba.

Rivera defendía así que cuando firmaba las órdenes de pago, como las enjuiciadas en este caso, “pensaba que las ayudas estaban avaladas” y que no comprobó la documentación de las pólizas de seguro de rentas que sufragaba porque “daba por supuesto” que todo era correcto. Y es que según su tesis, él no tenía “ninguna sospecha” de que en tales procedimientos pesasen “irregularidades ni intrusos”, extremo que conoció meses después “por la prensa”.

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LA FISCAL NO ADMITE ESE “ARGUMENTO”

Pero la fiscal no ha admitido este “argumento de que no era conocedor” del asunto, considerando que era consciente de que estas ayudas “adolecían” de cobertura legal.

El abogado de la Junta de Andalucía, que ejerce la acusación particular, ha manifestado de su lado que merced a la nueva doctrina del Tribunal Supremo, en este caso “no se puede mantener la acusación contra los acusados”, porque no figuran “intrusos” que cobrasen las prejubilaciones sin pertenecer a la plantilla de Fertiberia, entre otros aspectos, con lo que ha reclamado “el sobreseimiento” de la causa respecto a ambos encartados, lo que no supone, según ha precisado, que la Administración andaluza “renuncie a la acción civil”, o sea a la reclamación del dinero librado para estas pólizas de seguro de rentas, extremo que ha remarcado.

La defensa de Daniel Rivera, por su parte, ha insistido en que no ha sido acreditado que el mismo “tuviese conocimiento” de las irregularidades, porque cuando desembarcó en 2010 en la Dirección General de Trabajo no podía “saber por ciencia infusa” hechos de unas subvenciones cuyos compromisos se remontan a “2004 y 2006”.

Además, la letrada ha alegado que Rivera cumplía “las órdenes del consejero y viceconsejero para que siguiese abonando los pagos comprometidos” con relación a estas prejubilaciones, reclamando su absolución.


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