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La fiscal sostiene la multa para un guardia civil que disparó a un joven durante un brote psicótico

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La letrada de la familia reprocha que ningún agente tratara de evitar la muerte del chico de 26 años, a quien dispararon “cuando huía”

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La representante del Ministerio Fiscal no ha asumido la tesis planteada por el tribunal en el caso del guardia civil que abatió a un joven en pleno brote psicótico en septiembre 2020 en Manzanares del Real y ha mantenido la solicitud de una multa de 3.600 euros por un delito leve de homicidio imprudente menos grave, en contra de la postura de la familia.

El juicio ha quedado visto para sentencia después de los informes de las partes. El tribunal había emplazado a los abogados y a la fiscal a valorar la concurrencia de un homicidio imprudente en concurso ideal con lesiones dolosos y las eximentes de legítima defensa y obrar en cumplimiento de un deber.

El magistrado Juan José Ortega, presidente de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, hizo uso del artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) al considerar incompletas las acusaciones formuladas en los escritos y plantear en la fase de alegaciones finales el tratamiento de una posible intencionalidad en los hechos juzgados.

En su informe, la fiscal ha defendido que la acción del agente que tuvo “la peor de las consecuencia” como fue la muerte de un joven de 26 años fue “una imprudencia”, basándose en los testigos que alertaron a la Policía y a la Guardia Civil avisando de que había una persona en la plaza del Ayuntamiento en pleno brote psicótico en estado agresivo y agitada chillando “os voy a matar” con dos navajas.

Así, ha indicado que el sargento al mando del operativo policial entabló un diálogo con esta persona pero éste no cesó en su actitud agitando las navajas. “Se abalanzó contra el sargento y éste logró esquivarle. La víctima huyó por una calle adyacente y unos agentes le persiguieron. El chico inició acometidas contra los agentes y éstos retrocedieron”, ha relatado.

DISPAROS DISUASORIOS

La fiscal ha incidido en la agresividad que mostraba la víctima hacia los agentes, por lo que éstos dispararon. “Hubo disparos disuasorios. No cesó en su actitud y enfiló las navajas hacia el agente acusado, poniendo en peligro su integridad física y efectúa dos disparos”, ha señalado.

Tras ello, ha puesto en cuestión el testimonio de varias personas que presenciaron los hechos que manifestaron que le dispararon por detrás cuando iba corriendo conforme a una pericial sobre la trayectoria de las balas que descarta esa hipótesis. Los expertos descartaron igualmente que el disparo se efectuara a quemarropa, sino a una distancia de uno o dos metros.

La fiscal ha expuesto que los hechos encajan en un delito leve de homicidio menos grave dado que en primer lugar “la acción la lleva a cabo un joven agente que llevaba tres años en el cuerpo y nunca se había enfrentado a una situación parecida”.

“Y esa acción se realiza dentro de un operativo policial complejo en el que hay un diálogo previo y cuatro disparos disuasorios”, ha agregado. En el caso de que se contemple el dolo, ha planteado que asume las eximentes formuladas por la defensa.

Por su parte, la abogada que representa a la familia ha sumido en parte la valoración del tribunal en el sentido de modificar su calificación a homicidio imprudente en concurso con un delito de lesiones dolosas, con lo que eleva de cuatro a cinco su petición de condena de cárcel.

La letrada ha subrayado que los agentes no tuvieron en cuenta que el joven sufrió un brote, que incluso estaba realizando videollamadas pidiendo ayuda.

“No era el procedimiento más adecuado el formar un cerco de guardias civiles que le impedía salir. No intentaba agredir, sino huir. Hubo una falta de planificación absoluta porque ocho agentes le persiguieron a pie y tres patrullas en vehículo”, ha dicho. Defiende que los disparos fueron laterales y que no se usaron las defensas. “Ninguno evitó la muerte”, sentencia.

La abogada del Estado ha expuesto que los agentes actuaron en “el ejercicio de sus funciones” y ha solicitado la absolución de su cliente al considerar acreditado que la víctima llevaba dos armas blancas en las manos. “No se le puede exigir responsabilidad penal alguna”, ha alegado.

EL AGENTE DICE QUE SIGUIÓ EL PROTOCOLO

En su declaración, el agente manifestó que se siguió el protocolo, corroborado por el resto de efectivos de la Policía Nacional y de la Guardia civil que participaron en la intervención policial, que duró unos seis minutos.

Sin embargo, dos testigos declararon la semana pasada en contra de la versión del procesado al mantener que los agentes dispararon al chico cuando corría sin que se abalanzara contra ninguno. “Le encañonaron”, aseguran.

En su declaración, el encausado detalló que se siguieron los protocolos en este tipo de casos. “Me dijo: Te mató, he salido a matar policías solo me vais a parar con un tiro en la cabeza. Voy a morir matando. Estaba a cinco o diez metros y en todo momento estaba con las navajas en alto”, describió.

En un momento determinado, se les acercó a unos tres metros y un sargento efectuó varios disparos. “Se giró y se abalanzó sobre mí en ese momento saqué el arma y realicé dos disparos a las piernas a zona no vital”, apuntó.

La madre del fallecido relató ante el tribunal los brotes psiquiátricos que sufría su hijo porque le costaba tomar la medicación. “Ese día tenía la idea de que la policía le iba a matar. Él chillaba en la plaza. No era violento. Tenía miedo”, narró y criticó que doce guardias civiles fueran hacia su hijo y le propinaran una ráfaga de ocho tiros.


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