Dicen que los denunciantes dieron su dinero a una persona “reconocida” por ayudar a la “elusión de impuestos”
MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
Elulegal España, una de las empresas relacionadas con la presunta estafa de Madeira Invest Club, ha pedido que las personas que invirtieron en el grupo no sean considerados por la Audiencia Nacional como afectados asegurando que entregaron “dinero cuyo origen se desconoce a una persona”, el empresario Álvaro Romillo, “públicamente reconocida por el asesoramiento para la elusión de impuestos”.
La representación de la mercantil afirma en un escrito, recogido por Europa Pres, y remitido al magistrado que investiga al que fuera CEO de la compañía, el propio Romillo, que “resulta cuestionable admitir que adquieran la consideración de perjudicados quienes, según relatan en las denuncias, entregan cantidades de dinero en efectivo o criptomonedas, cuyo origen se desconoce, sin control alguno, bajo la supuesta promesa de recibir en un corto periodo de tiempo altas rentabilidades”.
La mercantil era supuestamente la encargada de prestar parte de los servicios que eran ofrecidos por Romillo, según consta en el escrito. En esta línea, Elulegal sostiene que esas personas firmaron “un contrato para la compra de una NFT -un activo digital– no de inversión que es el negocio jurídico que denuncian haber realizado”. Y añade que, al entregar su dinero a Romillo, no se preocuparon sobre la licitud de las actividades que se están realizando con el capital entregado.
La mercantil entiende que la Agencia Tributaria “podría ser afectada por los hechos denunciados en el presente procedimiento, dada la falta del control del origen de los pagos” que ellos mismos recibieron, así como por el “capital entregado a Romillo”. Es por eso que solicita que se ponga en conocimiento del fisco para que se le “ofrezcan acciones”.
En su escrito, Eulegal explica al juez que el pasado mes de septiembre la Delegación Regional de Inspección les abrió un procedimiento de inspección por la vía administrativa y que los datos que le son requeridos son los mismos que se investigan en la vía penal; en este caso, en la causa seguida en la Audiencia Nacional.
Es por eso que solicitan que, en el caso de que la Agencia Tributaria entienda “que ha sido afectada por la actividad que venían realizando denunciados y denunciantes se le ofrezcan acciones para que a través de la Abogacía del Estado se personen” en la investigación abierta por el Juzgado Central de Instrucción Número 4.
Por último, la defensa sostiene que “entre las funciones de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional no se encuentra el lavado del capital aflorado por los denunciantes”. “Y con ello nos referimos a que resulta de inexcusable necesidad, con prioridad a atribuir la condición de afectados a los denunciantes, controlar el origen del dinero que fue entregado a nuestro mandante”, apostilla.
EL JUEZ ADMITIÓ TRES DENUNCIAS
Cabe recordar que fue a principios de este mes cuando el juez José Luis Calama admitió tres denuncias presentadas contra el denunciante del eurodiputado Luis ‘Alvise’ Pérez, el empresario Álvaro Romillo, por la presunta estafa piramidal cometida por Madeira Invest Club, una plataforma de inversiones de la que fue máximo dirigente.
El juez señalaba que el perjuicio globalmente denunciado por las acusaciones ascendería a más de 11 millones de euros, una cifra que supera la barrera de los 7 millones de euros que es la fijada por el Tribunal Supremo como parámetro para atribuir la competencia a la Audiencia Nacional.
Además, el instructor se refería a criterios de funcionalidad para concluir que la Audiencia Nacional es el órgano judicial que se encuentra en una posición más favorable para afrontar la investigación.
En el presente caso, indicaba el magistrado, se atisba una compleja investigación, con un entramado delictivo de múltiples sociedades instrumentales y conexiones internacionales, con domicilios en Portugal, Estados Unidos, República Dominicana, Estonia y Albania, que hará necesario acudir de forma recurrente a la emisión de instrumentos de cooperación jurídica.
Todo ello, indicaba, a fin “determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos, las personas que en ellos hayan participado y la localización de activos financieros”.
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