ALMERÍA, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 21 años de prisión impuesta a cada uno de los tres varones que en mayo de 2022 violaron de forma conjunta a una mujer que habían conocido unas horas antes en la playa de la localidad costera de Pulpí (Almería).
El alto tribunal andaluz rechaza los recursos de apelación impulsados por los acusados y confirma el fallo de la Sección Tercera de la Audiencia de Almería que impuso a cada uno de ellos a nueve años de cárcel por un delito de agresión sexual agravado y a otros 12 años por dos delitos de agresión sexual, en este caso, ante su papel como cooperadores necesarios.
La Sala apunta la “abundante prueba de cargo” que se practicó durante el juicio para dar probada la violación, entre ella, el análisis de perfiles genéticos coincidentes con los de los acusados a lo que se une el testimonio “verosímil” y “creíble” prestado por la víctima junto con otras “corroboraciones periféricas” como la de los médicos que la examinaron y la Policía Local que la atendió, las cuales apoyaron la “persistencia en la incriminación”.
La sentencia de origen ya dio por probado que los tres acusados se encontraban el 21 de mayo de 2022 en la playa de San Juan de los Terreros acompañados de una cuarta persona cuando la mujer se acercó a ellos y entabló una “amigable conversación”.
Así, los acusados y la víctima se fueron a tomar unas cervezas a un mesón cercano para, posteriormente, dirigirse a un supermercado donde compraron más cervezas. Fueron los acusados quienes sugirieron a la mujer irse a “un lugar alejado” para tomarse las latas, a lo que ella accedió.
Al poco de llegar a un lugar cerca de la playa, los acusados, puestos de común acuerdo, aprovecharon la situación y “con ánimo libidinoso”, abordaron “repentinamente entre los tres” a la víctima, a la que tiraron al suelo donde la sujetaron “fuertemente en varios lugares del cuerpo” para quitarle la ropa interior mientras que uno ejercía las labores de vigilancia.
Una vez fue inmovilizada, la víctima fue agredida sexualmente y de forma sucesiva por parte de cada uno de los tres acusados, quienes se turnaban también para agarrarla y la amenazaban “con cortarle el cuello”. La víctima presentaba hematomas en brazos y muslos como consecuencia de la agresión, así como una sintomatología “ansiosa moderada” con “trastorno de estrés agudo”.
A tenor de los hechos, el tribunal consideró que la calificación de la Fiscalía, que solicitaba inicialmente para cada acusado 34 años de prisión, era “totalmente acertada” para el caso de esta “violación realizada en grupo” al darse una agresión sexual por parte de cada uno los acusados que, de otro lado, desempeñaron un papel como cooperadores necesarios para facilitar la agresión sexual del resto de acusados.
De otro lado, en sus fundamentos el tribunal destacaba el testimonio de la víctima, quien llegó a declarar en tres ocasiones por estos hechos, “absolutamente coincidente en lo esencial, con más detalles de los que se podía esperar” pese la situación que sufrió “en un corto espacio de tiempo”.
En este sentido, la mujer pudo determinar quién fue la persona que inicialmente la empujó y la tiró al suelo mientras que los otros dos acusado la sujetaban por los brazos y otras partes para desvestirla antes de agredirla sexualmente y ser amenazada por uno de ellos; un testimonio que fue refrendado por la Policía Local de Pulpí y el ofrecido por la primera persona que se encontró la mujer tras los hechos.
A ello se une el parte médico emitido esa misma noche donde se reconocen las lesiones que presentaba la mujer, al que se unen los informes médico forense y de las psicólogas que exploraron a la víctima y que destacaron que el testimonio de la denunciante era “absolutamente creíble, presentado síntomas derivados de haber sido víctima de una violación”.
La sentencia también condena a cada acusado por un delito leve de lesiones a dos meses de multa a razón de seis euros diarios, toda vez que les obliga a pagar conjuntamente una indemnización de 60.000 euros a la víctima, con la que no podrán comunicarse ni acercarse durante 40 años. También les impone 20 años de libertad vigilada e inhabilitación para actividades, oficios o profesiones que conlleven contacto con menores.
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