También estudiará el aval a las fianzas por el ‘procés’ en el TCu y el protocolo de Canarias para menores migrantes
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) celebrará a partir del próximo martes un Pleno donde iniciará el debate sobre las más de 50 recusaciones lanzadas contra los miembros de la corte de garantías para intentar apartarlos de las deliberaciones sobre la ley de amnistía, un asunto que ha ahondado la división entre los bloques progresista y conservador del TC.
Un Pleno formado por 8 de los 12 magistrados que lo integran habitualmente –cuatro progresistas y cuatro conservadores– decidirá sobre la recusación formulada por el PP contra el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, en el recurso de inconstitucionalidad que ‘Génova’ presentó contra la ley de amnistía.
Este formato reducido se debe a que Conde-Pumpido pidió a la magistrada progresista Laura Díez y al conservador José María Macías que no participaran de la deliberación sobre la recusación dirigida contra él, dado que ellos también están recusados en este asunto.
A pesar de este aparente empate a cuatro, la vicepresidenta del TC, la progresista Inmaculada Montalbán, podrá emitir un voto de calidad que decante la balanza. En este sentido, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press avanzan que lo más probable es que la recusación contra Conde-Pumpido sea rechazada.
La configuración de este Pleno ha generado malestar entre el sector conservador. Y ello porque Conde-Pumpido optó por resolver las recusaciones contra Díez, Macias y él mismo en plenos distintos, a pesar de que las tres van anudadas a un mismo asunto: el recurso de inconstitucionalidad del PP.
Desde la corte de garantías, se explica que se ha decidido resolverlas por orden cronológico, empezando por la de Conde-Pumpido y siguiendo por la de Díez. Sin embargo, lo previsto es que después se decida sobre la admisión a trámite del recurso ‘popular’, terminando con la recusación a Macías.
En un escrito dirigido a Conde-Pumpido, Macías le pidió no fraccionar la deliberación sobre las recusaciones para garantizar un resultado “neutro”. Y es que, de rechazarse las formuladas contra el presidente del TC y Díez, los magistrados progresistas podrán decidir sobre la lanzada contra su compañero conservador sin que él haya podido hacerlo en las de ellos.
EL MODELO DE LAS ABSTENCIONES
Además, las voces críticas denuncian que esta forma de proceder supone un cambio de las reglas del juego que se establecieron con las abstenciones del magistrado progresista Juan Carlos Campo, el cual se apartó voluntariamente de los asuntos sobre la ley de amnistía porque cuando fue ministro de Justicia dijo que era “claramente inconstitucional” en los informes a favor de indultar a los condenados por el ‘procés’.
El Pleno ratificó por unanimidad la abstención de Campo en el primer asunto que les llegó, la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo (TS). Tras ello, Conde-Pumpido decidió acumular las abstenciones pendientes para resolverlas en un solo Pleno aplicando el criterio fijado con la primera abstención.
Ahora, Macías reclama aplicar la ‘pauta Campo’ a las 54 recusaciones a magistrados que acompañan a las impugnaciones a la ley de amnistía. En concreto, Macías acumula 27, mientras que Conde-Pumpido, Díez y Campo cuentan con 9 cada uno. Cabe recordar que las formuladas contra el ex ministro de Justicia decayeron tras ser aceptadas sus abstenciones.
Frente a la petición de Macías, otras voces del TC esgrimen que, precisamente, se ha transitado hacia el modelo que el bloque conservador defendió durante el Pleno del pasado 24 de septiembre en el que se avaló el conjunto de las abstenciones de Campo.
En cualquier caso, ambos sectores coinciden en que se trata de un problema de ‘tempo’. Mientras que la acumulación de abstenciones y recusaciones permitiría acelerar la tramitación de la amnistía, la individualización de cada incidente dilatará los procedimientos. Pese a ello, la corte de garantías confía en que en el plazo de seis meses a un año pueda sentenciar la ley.
LAS FIANZAS DEL ‘PROCÉS’
Esta semana, el Constitucional también decidirá sobre el recurso de Vox contra el decreto-ley por el que en 2021 el Gobierno catalán creó un Fondo Complementario de Riesgos para cubrir las fianzas exigidas por el Tribunal de Cuentas (TCu) a los líderes del ‘procés’.
Según las fuentes consultadas, la ponencia redactada por el magistrado conservador César Tolosa propone declararlo inconstitucional, si bien lo más probable es que la mayoría progresista del Pleno abogue por avalar el fondo regional, aduciendo cuestiones de forma.
El TCu pidió a los líderes independentistas una fianza de 2,1 millones de euros que avaló el Fondo Complementario de Riesgos a través del Instituto Catalán de Fianzas (ICF), en el marco del procedimiento contable por los gastos del 1-O y la acción exterior, hoy suspendido por la amnistía.
Este procedimiento afectaba a 35 ex altos cargos catalanes, entre ellos los ex presidentes Carles Puigdemont y Artur Mas y el ex vicepresidente Oriol Junqueras, que fueron juzgados en noviembre del año pasado.
PROTOCOLO CANARIO
Por último, el TC estudiará si admite a trámite el recurso del Gobierno contra el protocolo de menores migrantes aprobado por el Ejecutivo canario, que en estos momentos se encuentra suspendido cautelarmente por orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
El recurso de Moncloa se dirige en concreto contra el Acuerdo del Gobierno de Canarias del 2 de septiembre, en relación con los menores extranjeros no acompañados, así como contra la resolución de la Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias del 10 de septiembre, por la que se establece el protocolo territorial de recepción de menores extranjeros migrantes no acompañados en Canarias.
La corte de garantías analizará la admisibilidad a trámite de la impugnación de Moncloa en base a una ponencia redactada por el magistrado conservador Ricardo Enríquez.
Fue el pasado 24 de septiembre cuando el ministro Ángel Víctor Torres anunció que el Gobierno había acordado llevar al TC el protocolo canario después de que el Consejo de Estado dictaminara que “existen fundamentos jurídicos suficientes” para recurrirlo.
Haciéndose eco de dicho dictamen, Torres apuntó a un conflicto de competencias porque, si bien las comunidades autónomas pueden aprobar sus protocolos territoriales, “no pueden introducir requisitos no previstos en la normativa estatal para la recepción de los menores extranjeros no acompañados”.
Además, el Consejo de Estado señaló que “las dificultades que pudieran existir en la identificación y determinación de edad” de estos inmigrantes, así como “la insuficiencia o saturación de los medios autonómicos disponibles para atenderlos”, no son circunstancias que “permitan justificar un eventual rechazo de la comunidad autónoma a la recepción de los menores localizados en su territorio ni demorar la atención inmediata que los mismos puedan requerir”.
Cabe recordar que este asunto ya es objeto de litigio en la jurisdicción ordinaria por una denuncia de la Fiscalía. El TSJ canario descartó levantar la suspensión cautelar del citado protocolo, rechazando así las alegaciones del Ejecutivo canario.
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