GRANADA, 1 (EUROPA PRESS)
La Delegación de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta en Granada ha publicado en el BOJA de este martes, 1 de octubre, las condiciones en las que la recogida de pequeñas cantidades de setas en terrenos forestales de la provincia sin su autorización, una actividad que queda supeditada a cuestiones como que sean “recolectadas para autoconsumo” y “no superen los cinco kilogramos de peso por persona y día”.
En el BOJA, consultado por Europa Press, se detalla además entre estos condicionantes que la recogida no conllevará “alteración de la capa superficial del suelo”, prohibiéndose expresamente el empleo de herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros utensilios que remuevan el mantillo del suelo produciendo daños en el micelio de los hongos, lo que puede “impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro”.
No se permite la recolección de setas inmaduras y deberán respetarse las no comestibles, las que no se conozcan, estén en mal estado o pasadas, pues “todas ellas desempeñan una útil función ecológica”, y se prohíbe la recogida en horas sin luz natural “y, en consecuencia, no está permitido el empleo de linternas ni otras fuentes de luz artificial”.
Se utilizarán cestas u otros elementos de transporte que permitan la aireación y dispersión de las esporas, detallan desde la Junta en una resolución de 18 de septiembre firmada por el delegado de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Granada, Manuel Francisco García.
La recogida en los montes públicos granadinos cuya titularidad corresponda a la Junta de Andalucía será “libre y gratuita”, siempre en el marco de estas limitaciones y “salvo que expresamente se advierta de lo contrario o vaya a celebrarse una actividad colectiva de caza (montería, batida o gancho), en cuyo caso” no estará permitida.
En los montes públicos pertenecientes a ayuntamientos será también de aplicación las disposiciones municipales y en los terrenos particulares la recogida precisará de la autorización de sus propietarios, detalla asimismo la resolución, que tiene vigencia indefinida.
En cuanto a los montes públicos con aprovechamientos de setas o trufas contemplados en los planes anuales de aprovechamientos forestales y adjudicados a terceros, no les será de aplicación esta resolución, rigiéndose por su normativa especifica.
A la recolecta de hongos dentro de los espacios naturales protegidos les será además de aplicación lo dispuesto en su normativa específica, y “no está permitida la circulación de vehículos campo a través, perturbar a la fauna con ruidos o aproximaciones, ni abandonar residuos en el monte”.
El incumplimiento de este condicionado constituirá una infracción administrativa que dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las setas recolectadas, todo ello partiendo de la base de que es una actividad que de años a esta parte “ha despertado un interés creciente en las poblaciones locales, y eventualmente en las foráneas, haciendo necesaria una regulación”.
EVITAR EPISODIOS ABUSIVOS
Se trata de evitar episodios de recogida “incontrolada y abusiva que pueda ocasionar daños al medio ambiente”, y en particular a las poblaciones de setas de la provincia de Granada. De esta manera queda garantizada su persistencia y capacidad de regeneración y se mantiene en un estado favorable el medio ambiente en general.
La recogida de setas para autoconsumo no entraña un riesgo de desaparición para sus poblaciones locales ni tampoco un menoscabo de los valores ecológicos y protectores de nuestros montes, y conforme a ella se ha venido articulando la normativa al respecto.
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