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La DGT advierte que la aseguradora puede reclamar al titular del vehículo la indemnización pagada a las víctimas en caso de haber bebido

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UNESPA estima que un 0,3% de siniestros pagados se “repitieron” contra el infractor y PONS Mobility quiere incluir el móvil en el Derecho de Repetición

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha advertido de que, ante determinados comportamientos de los conductores, como es conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, la aseguradora puede reclamar al titular del vehículo las indemnizaciones pagadas previamente a las víctimas del siniestro. “Poca broma”, ha manifestado.

“Si tú, conduciendo causas daños a personas o cosas, y das positivo en alcoholemia, la compañía de seguros cubre siempre los daños, pero puede repercutirlos, puede repercutir los costes. O lo que es más importante. Si tú dejas tu vehículo a un amigo o a un hijo, causa daños a personas o cosas y ha dado positivo en alcohol, te vienen a buscar. La compañía de seguros siempre cubre todos los daños que se han ocurrido, pero tiene el derecho, tiene la cobertura, para de alguna manera repercutirte los gastos”, ha avisado.

Así lo ha advertido Pere Navarro durante la inauguración de una jornada organizada por la DGT y la consultora PONS Mobility, para abordar los retos legislativos de la figura del Derecho de Repetición y su impacto sobre la seguridad vial, con la participación de representantes de UNESPA, el Consorcio de Compensación de Seguros y la Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

El Derecho de Repetición, figura jurídica incluida en la Ley de Contrato de Seguro y de aplicación a través de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, habilita a una aseguradora a reclamar a un asegurado el reembolso de indemnizaciones pagadas a terceros en casos donde el asegurado haya actuado de manera negligente o haya violado condiciones del contrato, como conducir bajo los efectos del alcohol.

En su intervención inicial, Pere Navarro ha apuntado que existe un “problema” con el consumo de alcohol y la conducción, pese a que la DGT lleva años poniendo el foco en dicha problemática. “Lo hemos hecho todo, todo lo que dicen los manuales, todo lo que dicen las organizaciones internacionales”, ha afirmado, para después recordar algunas iniciativas puestas en marcha como la campaña del conductor alternativo; la promoción de microbuses o autobuses, para ir a bodas, bautizos, eventos y congresos; o de la cerveza cero-cero, entre otras.

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Asimismo, ha señalado que el objetivo ha sido intentar “implicar” a toda la sociedad y que, en la actualidad, se realizan cerca de seis millones de controles de alcohol. “Cumplimos el estándar aquel de que cada año, un conductor, un familiar o un amigo, haya pasado un control de alcoholemia, para evitar la sensación de impunidad”, ha defendido.

REDUCCIÓN DE LA TASA PERMITIDA

Respecto al anuncio del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, de abrir el debate para reducir la tasa máxima de alcohol permitida, Pere Navarro ha confesado que sólo han recibido “críticas” por no bajarla a 0,0 g/l, algo que descarta porque la Comisión Europea en un informe de diciembre de 2022 “recomienda 0,2 g/l” ya que es “equivalente a tolerancia 0”.

“La idea que tenemos es que igual que para velocidad y los radares ponemos un margen de error, sería prudente poner ese margen”, ha manifestado Pere Navarro, que ha puesto el foco también en la incidencia del uso del teléfono móvil y las distracciones al volante, primera causa de siniestros por delante del alcohol.

La jornada de este lunes ha contado con la participación de expertos como Cristina Casado, responsable Técnico-Legal UNESPA, quien ha destacado que en 2023 el seguro obligatorio de responsabilidad civil del automóvil (SOA) en España cubrió siniestros entre daños personales y materiales por un total de 5.149 millones de euros para compensar a 216.916 víctimas directas, de los cuales 216.195 fueron lesionados, 721 fallecidos indemnizados y 3.220 perjudicados vinculados al fallecido en accidente de tráfico.

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Del total de siniestros pagados, según estimaciones de UNESPA, un 0,3% se “repitieron” contra el infractor por parte de la aseguradora y un 0,1% del total de siniestros pagados lo fueron efectivamente abonados tras ejercer el derecho de Repetición por parte del sector asegurador.

La responsable de UNESPA ha hecho hincapié en que desde el sector se considera “muy importante” que ciertas conductas que merezcan un gran reproche social, como es la conducción bajo los efectos del alcohol o de las drogas, “y no sean sólo objeto de una sanción administrativa, como ocurre en gran parte de los caos, sino que también se contemple en la propia ley la posibilidad de que las aseguradoras del seguro voluntario de responsabilidad civil del automóvil puedan repetir contra el conductor que conduce en esas circunstancias”.

Según ha detallado, en la actualidad esta posibilidad sólo viene reconocida para el seguro obligatorio de responsabilidad civil del automóvil (SOA) pero no para el seguro voluntario de responsabilidad civil (RC). “Ello hace que en muchas ocasiones, se cubran este tipo de indemnizaciones por las aseguradoras sin posibilidad de repetir, debido a que las exclusiones de cobertura en la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, no pueden hacerse valer si las mismas no estuvieran debidamente firmadas y aceptadas por el tomador del seguro”, ha dicho.

TOTAL INDEMNIDAD DE LAS VÍCTIMAS

Por su parte, el director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, Celedonio Villamayor, ha explicado que la actuación del organismo como Fondo de Garantía “únicamente persigue la total indemnidad de las víctimas de accidentes de tráfico, en aquellas situaciones en las que el causante del siniestro no tiene una póliza de seguro obligatorio de automóvil en vigor”.

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“El derecho de repetición reconocido por la ley tiene como único fin exigir el reembolso de las cantidades pagadas a los responsables del daño. Divulgar, en eventos como este, la responsabilidad patrimonial que se asume por circular sin seguro, poniendo de relieve la existencia de un riesgo real de perder todo el patrimonio, cumple una función social de valor inestimable”, ha remarcado Villamayor.

Antonia Nieves, consultora de PONS Mobility, ha abogado por ampliar a las distracciones el ámbito de aplicación del Derecho de Repetición, y por utilizar un sistema jurídico de “autorresponsabilidad”, y “generar en los conductores la sensación de que tocar el móvil”, distraerse, “no sólo puede llevar apareja una sanción administrativa”.

“La conducta es de tal riesgo y el conductor debe interiorizar y asociar en su cabeza la conducta de riesgo con la consecuencia. Por eso nuestra propuesta es ampliar el derecho de repetición al uso del móvil y generar una profunda campaña de comunicación sobre el cambio en la necesaria autorresponsabilidad del conductor”, ha agregado.

Por último, el presidente de la Asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, ha asegurado: “El derecho de repetición por sí solo no va a evitar que se produzcan los accidentes de tráfico a causa del alcohol –quizás los dispositivos alcoholock serán más eficaces–, pero si constituye un importante argumento para concienciar a los conductores y a los propietarios de vehículos a motor que el alcohol es incompatible con la conducción, e incluso que el coche no se debe prestar. No obstante, desde AEA creemos que las aseguradoras, por su parte, también deben mejorar la información sobre esta exclusión de la cobertura”.


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