MADRID, 27 (SERVIMEDIA)
Los gravámenes a las entidades de crédito y a las empresas energéticas alcanzaron los 2.859 millones de euros en 2024, cifra ligeramente inferior a los 2.908 millones recaudados por el mismo concepto el año pasado y “en línea con las previsiones del Gobierno”.
Según los datos difundidos este viernes por el Ministerio de Hacienda a través de un comunicado, el impuesto sobre las entidades de crédito supuso una recaudación de 1.695 millones de euros y las energéticas pagaron 1.164 millones. En ambos casos, el pago conocido del ejercicio 2024 se hace teniendo en cuenta los resultados obtenidos en 2023.
Estos gravámenes, que tienen un primer pago anticipado en febrero y un segundo pago de liquidación en septiembre, “siguen las recomendaciones de los organismos internacionales que solicitan una mayor contribución de aquellos sectores con grandes beneficios”, destacó el Ministerio.
Estas figuras, que fueron aprobadas a finales de 2022, se enmarcan en una política fiscal del Gobierno “justa y progresista donde se pide un mayor esfuerzo a quienes más tienen”, como son las grandes multinacionales a través de un tipo mínimo del 15% o de los grandes patrimonios mediante el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas. En este sentido, tanto las entidades de crédito como las energéticas “acumulan cifras récord de beneficio, por lo que es coherente una mayor contribución fiscal que redunde en mejores servicios públicos”, resaltó el Ministerio que dirige María Jesús Montero.
Al mismo tiempo, destacó que se han bajado los impuestos vinculados a la energía o el IVA a los ciudadanos con un ahorro de 25.000 millones. A esta cantidad se añade la rebaja del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, que ha supuesto 5.000 millones de ahorro en las retenciones del impuesto, y la reducción del Impuesto de Sociedades del 25% al 23% para las pymes con una facturación hasta un millón de euros.
SE APLICA UN 1,2% A ENERGÉTICAS Y 4,8% A BANCOS
Los gravámenes de la banca y de las energéticas se configuran como una prestación patrimonial de naturaleza no tributaria. En el caso de las energéticas, afecta a los operadores principales, así como las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75% de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería.
Están exentos del pago aquellos operadores principales cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente al año 2019 sea inferior a 1.000 millones de euros y aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente, respectivamente, a los años 2017, 2018 y 2019 derivado de la actividad que hubiera determinado su consideración como operador principal de un sector energético no exceda del 50% del total de dicho importe cada año respectivo.
La base imponible es el importe neto de la cifra de negocios anual, sobre la que se aplica un porcentaje del 1,2%.
En cuanto al gravamen a los bancos, se ven afectadas entidades y establecimientos financieros de crédito cuyos ingresos por comisiones e intereses a los clientes superen los 800 millones de euros. En este caso, la base imponible es la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones, y el porcentaje aplicable es del 4,8%.
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