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JJpD solicita asilo internacional para los saharauis retenidos en Barajas

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MADRID, 26 (SERVIMEDIA)

Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) reclama que se otorgue protección internacional a las 35 personas saharauis que se encuentran retenidas en la Sala de Admisiones del aeropuerto de Barajas, que han solicitado asilo y que están documentados conforme al censo realizado por la Misión de la ONU para el Sahara Occidental (Minurso), entidad que acredita su condición de saharauis.

La asociación judicial indica en un comunicado que estas personas denuncian las difíciles condiciones en las que se encuentran, sufriendo hacinamiento, falta de higiene y de asistencia médica, por lo que han iniciado una huelga de hambre.

JJpD añade que sobre la situación de estas personas ya se han pronunciado organizaciones como Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid, CEAR, Cruz Roja o el Defensor del Pueblo, reclamando la mejora de sus condiciones, de modo que se garanticen los derechos que corresponden a cualquier persona privada de libertad.

En particular, todas ellas insisten en que se concrete el derecho a una interpretación en su propio idioma, el hasanía, lengua propia del Sahara Occidental, y no en dariya con intérpretes de origen marroquí.

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Juezas y Jueces para la Democracia recuerda que España ha sido condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por vulnerar los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos que declaran el derecho a la tutela judicial efectiva, frente a la vulneración por parte de terceros Estados del derecho a la vida, y la posibilidad de ser sometidos a tratos inhumanos o degradantes. Precisamente, en este precedente judicial, en relación con 30 saharauis solicitantes de protección internacional en España.

El TEDH obligó a España a garantizar, jurídica y materialmente, que las personas solicitantes de asilo se mantuvieran en territorio español durante el examen de sus causas hasta que la decisión interna fuera adoptada. Esa sentencia reconoce el riesgo que sufren los saharauis que viven en su territorio y hace referencia al régimen jurídico del territorio, recordando el informe de Hans Corell.

También recuerda los informes de la ONU, Human Rights Watch y Amnistía Internacional denunciando la situación de la población saharaui en los territorios ocupados por Marruecos. En la Audiencia Nacional se siguen causas contra altos militares marroquíes por delito de genocidio en concurso real con diversos delitos de asesinato, detención ilegal, lesiones y contra la libertad sexual, cometidos contra el pueblo saharaui desde la ocupación de Marruecos del territorio en 1975 hasta la fecha.

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En este contexto, los temores expresados por solicitantes de asilo relativos a los malos tratos susceptibles de ser padecidos en caso de retorno “no son irracionales ni desprovistos de fundamento”. Estas alegaciones han de examinarse individualmente, lo que conforme a la doctrina del TEDH, supone mantener a los solicitantes en España hasta que hayan podido ser examinadas estas circunstancias minuciosamente, concluyendo, no solamente la fase administrativa, sino jurisdiccional.

JJpD insiste en que en casos actuales, se está denegando la solicitud de protección internacional, en contra del criterio favorable del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), quien conforme los artículos 34 y 35 de la Ley 12/2009, reguladora del Derecho de Asilo, cumple un papel esencial en este procedimiento.

Por todo, ello esta asociación solicita al Ministerio del Interior que garantice los derechos humanos de aquellas personas que soliciten protección internacional, cumpliendo la legalidad vigente y la jurisprudencia, garantizando el principio de no devolución y que en sus resoluciones adopte un enfoque de protección de los derechos humanos, género e infancia.

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