PAMPLONA, 23 (EUROPA PRESS)
La Asociación de Consumidores de Navarra Irache considera “muy positiva” la reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que da la razón a los consumidores en el cártel de coches.
Según han explicado desde Irache en una nota de prensa, el tribunal entiende “que la acción no ha prescrito y que el daño al comprador está probado”, tal y como defendía la asociación.
Se estima que pueden ser cerca de 80.000 los afectados que aún pueden reclamar la indemnización, en función de los coches que se compraron entre febrero de 2006 y agosto de 2013, tiempo en el que funcionó el cártel de coches, que afectó al 90% de las marcas en el mercado.
La mayor parte de importes a recibir “se situará probablemente entre 1.000 y 3.000 euros, si bien la cantidad depende del precio que se pagó en su momento por el vehículo, por lo que puede haber indemnizaciones más altas”.
Los afectados por el cártel de coche tienen hasta 2026 para reclamar. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea señaló en una sentencia (sobre el cártel de camiones) que el plazo para las reclamaciones por daños derivados de infracciones de competencia, como es el caso también del cártel de coches, debe ser de, al menos, cinco años. Dado que las sentencias firmes sobre el cártel se dieron en 2021, los consumidores tienen hasta 2026 para reclamar una indemnización por el daño.
En Irache ya se han recibido hasta el momento más de 3.500 casos sobre el tema. En la mayor parte de los casos ya se han tramitado las reclamaciones oportunas y se está representando ahora a los afectados en los tribunales, una vía judicial que se aclara con esta decisión de la Audiencia Provincial.
Para reclamar se necesita, por un lado, la documentación técnica del vehículo, como la tarjeta técnica o el permiso de circulación; por otro, documentación que acredite la compra del vehículo por parte del afectado y el precio que se pagó por él.
La Audiencia de Navarra ha señalado que el plazo de prescripción no se cumple hasta cinco años después de la sentencia firme sobre la sanción a cada marca por participar en el cártel. La mayor parte de estas sentencias firmes fueron en el año 2021. De esta manera, se sigue la dirección que ya marcó en su momento el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Además, consideran los magistrados que la conducta infractora de las marcas de vehículos es base suficiente para presumir la existencia del daño, (un encarecimiento del precio) y fija la indemnización en un 5% del importe pagado por el vehículo.
En principio, “lo predecible” es que los juzgados de Navarra, que “hasta ahora habían denegado las demandas de los consumidores”, a partir de ahora “sigan el criterio marcado por la Audiencia y, por tanto, den la razón a los afectados por el cártel de coches y obliguen al pago de una indemnización”.
El cártel de coches consistió en un intercambio de información comercial sobre servicios posventa y estrategias de precios en las ventas, que, “según se está demostrando, hizo que los consumidores tuviesen que pagar, en el 90% de los coches a la venta, un sobrecoste por el vehículo”.
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