Elimina los delitos fiscales de 2016 y 2017 por un error en el cálculo de lo que cobraba la actriz por ‘Cuéntame’
MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía Anticorrupción ha informado este viernes en sus conclusiones ante el tribunal que juzga el ‘caso Nummaria’ que retira su acusación contra la actriz Ana Duato por los ejercicios fiscales de 2016 y 2017, lo que supone una rebaja de la pena de cárcel que solicita para ella de 10 años –cinco por cada delito fiscal– y ubica la petición de pena en 22 años de prisión por los delitos fiscales de 2010, 2011, 2012, 2014 y 2015.
Tras la declaración de varios de los encausados, el fiscal Tomás Herranz ha anunciado que modificaba su escrito para retirar la acusación contra cuatro de ellos, incluido el hijo del principal acusado y supuesto jefe del despacho Nummaria, y para aclarar cómo quedaba la acusación tanto para Duato como para su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeau.
Así, ha explicado que a la luz del último informe de la Agencia Tributaria incorporado a la causa, para la actriz se modifican las cifras defraudadas entre los años 2014 y 2017 –se reducen– y por tanto dejan de ser delito las de 2016 y 2017, y sobre las de 2014 y 2015, si bien hay una rebaja de la defraudación, se mantiene el delito fiscal. Esto provoca que la pena de cárcel por los delitos que siguen vivos se mantenga y que se retoque a la baja las multas calculadas.
Este reajuste se debe, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, a que el cálculo inicial de las cantidades que cobraba en esos últimos años Duato por su papel en la serie ‘Cuéntame como pasó’ en realidad era inexacto y percibía cantidades menores.
EL FACTOR DE JOSÉ TRIANA
Alternativamente, el fiscal ha explicado a la Sala que en caso de que el tribunal dé por bueno que lo que abonó Duato a la sociedad a nombre de su representante, José Triana, y por lo que éste abonó los debidos impuestos, se deba restar de lo defraudado, retiraría también la acusación por los años fiscales de 2014 y 2015. Esto provocaría que en realidad sólo se acusara a Duato por los años 2010, 2011 y 2012. En este caso, su marido sólo respondería por el año fiscal de 2012.
Triana, en su comparecencia ante el tribunal, indicó que cobraba sus honorarios como representante de Duato a través de la sociedad ‘Representaciones Artísticas Agapantus’, y que, por su labor con la actriz, recibía dinero de Ganga Producciones, productora de la serie estrella de TVE y de la que era propietaria en un porcentaje la propia actriz.
Esta aseveración chocaba frontalmente con lo mantenido por el auxilio judicial de la Fiscalía que sostuvo en un informe de 2019 que la actuación de Triana y su sociedad era “ficticia” y que su única función era la de simular que se prestaban servicios de representación “con la finalidad de ocultar parte de las rentas de Ana Duato por su trabajo como actriz”.
LA ABOGACÍA DEL ESTADO
Por su parte, la Abogacía del Estado ha informado de que en sus conclusiones retira directamente la acusación contra Duato por los ejercicios fiscales que van del 2014 al 2017 y mantiene por tanto los de 2010 a 2012.
Para el principal acusado, el asesor Fernando Peña no ha anunciado modificaciones, si bien ha anticipado que se verá afectado por las rebajas en cuotas defraudadas. En su escrito de acusación, el fiscal sostuvo que habría defraudado 15,7 millones de euros, y le acusa de 68 delitos por los que se le piden 298 años y 9 meses de prisión. Entre esos delitos se haya el de organización criminal, el de estafa procesal, un delito de falsedad de documento mercantil, dos delitos de insolvencia y decenas contra la Hacienda Pública.
El caso de Imanol Arias no ha sido valorado por el fiscal en su exposición de conclusiones dado que éste al inicio del juicio reconoció cinco delitos fiscales y llegó a un acuerdo de conformidad con Anticorrupción por el que acepta una pena de cárcel de 2 años y 2 meses, algo que le permitirá eludir la prisión.
EL DESPACHO DE JUAN BRAVO
Cabe recordar que en este juicio se acusa a una treintena de personas por presuntamente haber evadido impuestos a través del despacho de abogados Nummaria, dedicado supuestamente a construir y mantener una estructura jurídico-económica destinada a tal fin.
Según Anticorrupción, Peña, “con el fin de evitar que las actividades ilícitas que realizaba” bajo la cobertura de la asesoría fiscal fueran detectadas, creó un entramado de sociedades españolas a la par que controlaba múltiples sociedades en Inglaterra, Costa Rica, Canadá, Uruguay o Luxemburgo.
Esas sociedades –en número superior a 200– eran empleadas, indica el Ministerio Público, “tanto para facilitar la opacidad de las operaciones del despacho Nummaria, como para entregarlas a los clientes que deseaban emplearlas para la realización de las actividades ilícitas” investigadas en la causa.
Esa opacidad era buscada tanto frente a la Hacienda Pública como frente a otras terceras personas físicas y jurídicas que ostentaban algún derecho de crédito contra los encausados. “Los integrantes del despacho eran conscientes de que esas estructuras iban a ser utilizadas para realizar actividades delictivas”, recuerda el Ministerio Público.
Añade el escrito que las estructuras societarias creadas eran prácticamente idénticas para todos los clientes afectados del bufete Nummaria y la finalidad de las mismas en la mayor parte de los casos era evitar la tributación por el Impuesto de Sociedades o el IVA de las sociedades operativas españolas o, en el caso de las personas físicas, por el IRPF.
Tras la sesión de este viernes, la vista oral sufrirá un parón de semanas –el tribunal tiene que atender otros juicios ya programados– y se reanudará el 23 de octubre con las conclusiones de las defensas y con los informes finales.
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