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Los testigos de Jehová se alegran por el fallo del TEDH que condenó a España por obligar a una transfusión: “Es una victoria”

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MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

Los testigos de Jehová han celebrado como una “victoria” el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), por el que ha condenado a España a pagar 26.000 euros a una testigo de Jehová que recibió varias transfusiones de sangre, y esperan que esta sentencia refuerce, por parte de los médicos españoles, el respeto a la autonomía del paciente.

“El fallo es una victoria para quien valora el derecho a tomar decisiones personales sobre tratamientos médicos. Envía un mensaje claro de que la autonomía del paciente es un derecho fundamental que debe ser respetado”, ha valorado el portavoz en Europa de los testigos de Jehová, Christian Di Blasio.

Según recuerdan los Testigos de Jehová, un principio fundamental de sus creencias y conciencia es su rechazo a las transfusiones de sangre “basándose en el mandato bíblico de abstenerse de sangre, registrado en Hechos 15:28, 29”.

Un portavoz de los testigos de Jehová en España, David Báidez, se ha mostrado convencido de que “el deseo de los médicos españoles de respetar la autonomía del paciente se reforzará con esta sentencia del Tribunal Europeo”.

“Los testigos de Jehová ven la vida como un regalo de parte de Dios. Buscan los mejores tratamientos médicos disponibles y están dispuestos a cooperar con los profesionales médicos para encontrar alternativas seguras y eficaces a las transfusiones de sangre”, ha remarcado.

El caso por el que el TEDH ha condenado a España se remonta a julio de 2017, cuando una mujer testigo de Jehová, residente en Soria, se realizó una serie de pruebas médicas que revelaron que debía someterse a una intervención quirúrgica. Con este horizonte, escribió hasta dos documentos en los que dejaba claro que no quería recibir dicho tratamiento médico bajo ninguna circunstancia, incluso si su vida estaba en peligro.

Casi un año después, en junio de 2018, fue ingresada en el Hospital de Soria por una hemorragia interna que le había provocado una anemia grave. Ese mismo día, los médicos le recomendaron una transfusión de sangre, pero se negó y lo dejó nuevamente por escrito en un documento para el consentimiento informado que tanto ella como su doctor firmaron y que se incorporó a su historial.

Al día siguiente, dada la gravedad de su estado, fue trasladada en ambulancia a un hospital de Madrid conocido por prestar tratamientos alternativos a las transfusiones de sangre, acompañada por un médico con su historial. Durante el viaje, éste avisó a sus colegas madrileños de que se trataba de un caso grave y, tras ello, los anestesistas contactaron con un juez de guardia solicitando instrucciones.

Indicaron al magistrado que la paciente era una testigo de Jehová que había manifestado su negativa a recibir todo tipo de tratamientos a pesar de su gravedad. En consecuencia, el juez autorizó practicarla todos los procedimientos médicos que fueran necesarios para salvar su vida.

NO FUE INFORMADA DE LA ORDEN JUDICIAL

La cirugía se llevó a cabo ese día y se le realizaron tres transfusiones de células rojas, algo de lo que se enteró al despertar porque no fue informada de la orden judicial, a pesar de que llegó cuando ella aún estaba de camino desde Soria y se encontraba “consciente, orientada y colaboradora”.

La mujer, que creía que sería operada sin que le transfundieran sangre, litigó en los tribunales españoles sin éxito y el caso escaló hasta el Constitucional, que inadmitió su recurso de amparo.

Una vez agotado el recorrido judicial en España, se dirigió al TEDH, que celebró una vista pública el pasado enero y ha dado a conocer este martes su fallo, en el que le da la razón.


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