La defensa de José Juan López admite una posible “irregularidad no penal” y el abogado de Mariana Pérez descarta delito o lucro
SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dejado este lunes visto para sentencia el juicio iniciado el pasado 15 de julio contra los exalcaldes socialistas de Burguillos José Juan López y Mariana Pérez, esta última sucesora del anterior; por presuntos delitos de prevaricación, fraude de subvenciones y falsedad en documento oficial en el primer caso y por un supuesto delito de fraude de ayudas respecto a la exalcaldesa.
Esta última sesión del juicio ha contemplado la finalización de las conclusiones definitivas de las partes personadas en la causa y sus informes finales, marco en el que la fiscal encargada del caso, que ha mantenido su petición inicial de cinco años de prisión para José Juan López y dos años de cárcel para Mariana Pérez, ha manifestado que las pruebas practicadas en la sesión han puesto de relieve los delitos cometidos por cada uno de los exalcaldes.
La fiscal ha señalado así la subvención autonómica de 269.806 euros concedida para la adquisición de mobiliario de oficina durante la era de gobierno de José Juan López, insistiendo en que “ni un solo euro” de ese dinero transferido por la Junta de Andalucía al Ayuntamiento “ha sido empleado para el fin” para el que fue concedida la ayuda en cuestión.
En ese sentido, ha avisado de que no pesa ninguna “encomienda de gestión” del Ayuntamiento a la sociedad municipal Burguillos Natural, perteneciente a la administración local y actualmente desaparecida a cuenta de su quiebra, para que la misma se encargase de ejecutar los fondos recibidos de la Junta de Andalucía para la compra de los muebles.
La fiscal del caso ha manifestado así que José Juan López habría “asumido como alcalde un compromiso de pago en nombre de Burguillos Natural con el informe contrario del interventor”, porque el abono efectivo de la adquisición del mobiliario correspondía al Ayuntamiento, según ha precisado, achacando al ex primer edil una “decisión manifiestamente arbitraria”; así como que la citada sociedad local presentase “una factura que no se correspondía con la realidad” para justificar la subvención.
Después de que José Juan López alegase en el juicio que Burguillos Natural, entonces presidida por él mismo, “pagó” a la empresa contratada para el suministro de los muebles, que fueron instalados y que presentó una factura “legal y veraz”; la representante del Ministerio Público ha reconocido que el mobiliario fue “suministrado” y que por ello la Junta de Andalucía no pidió el reintegro de la ayuda; pero ha insistido que el dinero transferido por la Junta al Ayuntamiento no fue usado para el fin concreto del objeto de la subvención.
LA QUIEBRA DE BURGUILLOS NATURAL
Ese dinero público, según ha matizado la fiscal, fue “diluido en las condonaciones de deuda entre Burguillos Natural y el Ayuntamiento”; toda vez que en su comparecencia, el exprimer edil había encuadrado este asunto en la “quiebra total” de Burguillos Natural, que acabó en concurso de acreedores al instarlo precisamente la empresa a la que le fue contratado el suministro de los mencionados muebles.
José Juan López, recordémoslo, fue condenado en 2009 a ocho años de inhabilitación por un delito contra la ordenación del territorio, mientras en 2014 fue condenado a un año y tres meses de cárcel por un delito continuado contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación, tras lo cual en 2016 ingresó en prisión para cumplir tal pena.
La fiscal ha evaluado además el papel de la exalcaldesa Mariana Pérez en dos ayudas de 513.065,75 euros y 86.934,25 euros concedidas por la Junta al Ayuntamiento para una guardería municipal que finalmente no fue levantada, marco en el que la acusada explicaba que ese dinero no fue a ninguna cuenta bancaria “separada” de la cuenta usada para la gestión convencional del Ayuntamiento; agregando que tras la quiebra de Burguillos Natural “lo primero” era “pagar las nóminas” y en ello se centraba su “lucha” como alcaldesa y que fueron solicitadas “dos prórrogas sin que contestase la Junta”, porque había “problemas” con el diseño técnico del proyecto de obras.
La exalcaldesa aseguraba que ni la Intervención municipal ni la Secretaría General le elevaron “aviso” alguno por el hecho de que el dinero fuese aplicado en los gastos corrientes del Ayuntamiento y que en su etapa, la Junta “para nada” solicitó el reintegro de los fondos. Cuando ella dejó la Alcaldía en 2011, según ha dicho, la “intención” política era aún construir la citada guardería pública.
DINERO DESVIADO “PARA OTROS FINES”
Pero la fiscal del caso ha avisado de que lo practicado queda acreditado que los fondos autonómicos concedidos para el proyecto de construcción de una guardería municipal “fueron empleados en otros fines”, lo que ya supone la comisión del delito, según ha remarcado, en una intervención que ha sido apoyada por el resto de acusaciones, que son la Junta de Andalucía, el PP andaluz y el Ayuntamiento de Burguillos, que de su lado ha retirado la reclamación de responsabilidad civil a Mariana Pérez porque el Consistorio devolvió finalmente a la Junta el dinero del proyecto de guardería, años más tarde, ya con el PP en el Gobierno local.
Con relación a las ayudas para dicha iniciativa municipal, la representación del PP-A avisaba de que no rige el “principio de caja única” y que el dinero “estaba concedido para un fin concreto”, pero la guardería “no se construyó”.
“ALGUNA IRREGULARIDAD PERO SIN TRASCENDENCIA PENAL”
La defensa de José Juan López ha pedido su absolución alegando que “no puede haber fraude” de ayudas públicas “cuando el objeto subvencionado es una actividad pública” y que incluso “la Junta admite que la ayuda ha sido aplicada”, aunque el Ayuntamiento no pagase a la empresa contratista. Así, ha reconocido que en la operación pudo haber “alguna irregularidad”, pero “sin trascendencia penal”.
La defensa de Mariana Pérez también ha solicitado la absolución, esgrimiendo que la exalcaldesa siempre tuvo la “intención” de promover la guardería municipal para la cual fueron concedidos al Ayuntamiento fondos autonómicos, pero “por plazos y motivos técnicos no pudo”, agregando que ella no se lucró ni enriqueció.
Finalmente, ninguno de los acusados ha hecho uso de su derecho a la última palabra, quedando el asunto visto para sentencia por parte de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.
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