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Bankinter incrementa el interés de su cuenta digital hasta el 3,25% TAE para nuevos clientes, sin restricciones en los montos

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MADRID, 06 (SERVIMEDIA)

Bankinter informó este viernes de que ha elevado la remuneración de su cuenta digital para nuevos clientes hasta el 3,25% TAE, desde el primer euro y sin límite de importes para su remuneración.

La cuenta digital de Bankinter tenía hasta ahora tres tramos de remuneración en función del saldo: un 1% para saldos medios hasta 25.000 euros, una remuneración del 1,25% para saldos medios en la cuenta entre 25.000 y 50.000 euros y del 1,50% TAE para saldos medios superiores a 50.000 euros.

A partir de ahora, esa remuneración será del 2%, hasta 25.000 euros; del 2,5% para cuentas con saldos medios entre 25.000 y 50.000 euros, y alcanzará una remuneración del 3,25% TAE desde el primer euro para aquellas cuentas que tengan un saldo medio superior a 50.000 euros en el periodo de liquidación, que tendrá carácter mensual.

La cuenta digital de Bankinter en sus nuevas condiciones será contratable exclusivamente a través de la web y de la app para nuevos clientes del banco hasta el 30 de septiembre.

Se trata de una cuenta abierta, con disponibilidad total, que no tiene comisiones ni de administración ni de mantenimiento, ni exige la domiciliación de recibos o saldos mínimos. La cuenta lleva aparejada una tarjeta de débito sin comisión de administración ni de mantenimiento, que permite disponer de efectivo a débito de forma gratuita en más de 17.000 cajeros de toda España.

Incluye, asimismo, otras posibilidades disponibles también en otras cuentas del banco, como la domiciliación de recibos, transferencias nacionales gratis a través de la web o la app, y acceso desde todos los canales (internet, app, teléfono y oficinas).

Como valor añadido de la propuesta, los nuevos clientes que contraten la cuenta digital de Bankinter podrán contratar paralelamente la Cuenta Nómina del banco (domiciliando una nómina o pensión superior a 800 euros mensuales) y obtener así una remuneración adicional durante los dos siguientes años (hasta el 5% TAE el primer año y hasta 2% TAE el segundo, en este caso sobre los primeros 10.000 euros), beneficiándose de ambas remuneraciones.


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