Nueva normativa de la DGT: Los documentos que debes llevar en el coche a partir de hoy para evitar multas
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reforzado su compromiso de mejorar la seguridad vial en España, con el objetivo de reducir las elevadas cifras de mortalidad en las carreteras. En 2023, el número de fallecidos en accidentes de tráfico aumentó en un 5%, alcanzando las 1.145 víctimas. Para combatir esta trágica tendencia, la DGT ha implementado nuevas medidas a través de la reciente reforma de la Ley de Tráfico.
Una de las herramientas más efectivas en este esfuerzo ha sido el uso de sanciones económicas y la pérdida de puntos del carné de conducir. Aunque la mayoría de los conductores están familiarizados con las multas por exceso de velocidad, existen otras infracciones menos conocidas pero igualmente costosas. Entre ellas, el no llevar ciertos documentos o dispositivos obligatorios en el vehículo, que a partir de hoy pueden acarrear importantes sanciones.
Los documentos obligatorios que debes llevar en tu vehículo
Desde 2008, no es necesario llevar la póliza del seguro ni el recibo de pago en el coche, pero hay tres documentos que sí son imprescindibles:
- Permiso de circulación
- Permiso de conducir
- Tarjeta de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos)
Es importante destacar que el permiso de conducir ya no es necesario llevarlo en formato físico, ya que puedes presentarlo digitalmente a través de la aplicación miDGT, una medida que busca facilitar la vida a los conductores y reducir la posibilidad de olvidos.
Nuevas multas a tener en cuenta
La nueva ley no solo introduce sanciones por falta de documentos, sino que también endurece las multas en otras áreas. Las infracciones se dividen en tres categorías, cada una con diferentes penalizaciones económicas:
- Muy graves (500 euros): Uso de dispositivos no autorizados en exámenes de conducción, arrojar objetos a la vía que puedan causar incendios o accidentes, y no cumplir con las normas sobre alcoholímetros antiarranque.
- Graves (200 euros): Estacionar en carriles para bicicletas, llevar dispositivos de detección de radares, conducir con el permiso suspendido, o usar el teléfono móvil mientras se conduce una motocicleta o bicicleta.
- Leves (hasta 100 euros): No estar en condiciones de controlar el vehículo en todo momento o incumplir normativas menores de seguridad vial.
La reforma de la ley se alinea con el objetivo de la DGT de reducir accidentes y proteger tanto a conductores como a peatones. Para evitar sanciones y garantizar la seguridad vial, asegúrate de tener todos los documentos al día y de respetar las nuevas normativas.
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