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-Tribunales.- El acusado de maltrato que ha cambiado de sexo defiende que siempre se ha identificado como mujer y niega la intencionalidad-

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Alega que no ha “realizado este paso tan importante simplemente por librarse de la cárcel” y acusa a los medios de “ensañamiento”

SEVILLA, 3 (EUROPA PRESS)

La defensa del acusado de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato, causa en la cual el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla se ha inhibido en favor de los juzgados de Instrucción, al alegar este inculpado una rectificación de su inscripción registral identificándose como mujer; ha dicho este martes que esta persona siempre se ha “sentido mujer” y el “único error” que ha cometido ha sido “crecer en una sociedad en la que ha estado cohibida durante mucho tiempo, sin poder expresar su verdadera condición sexual”.

En un comunicado, los abogados defensores de esta persona, Juan de Dios Ramírez Sarrión y Rafael del Río Márquez, exponen que la misma “se casó y tuvo hijos porque así lo decía esta sociedad” y “ha estado sufriendo durante años maltrato por parte de su exmujer, sin poder denunciar esos malos tratos, aguantando por sus hijos todos estos insultos, agresiones y vejaciones”; extremo que ella niega avisando de una “denuncia falsa” de su expareja para “burlarse de la Justicia”.

“El día que se aprobó la Ley Trans, vio la luz al final del camino y a los 15 días de la aprobación de la misma fue al registro a cambiar su género. Ella sólo hizo realidad su deseo de convertirse en mujer y la ley por primera vez la amparó. Ella no ha realizado este paso tan importante simplemente por librarse de la cárcel, con esta nueva defensa jurídica ha obtenido una sentencia absolutoria, ya que la denuncia interpuesta era falsa”, sostiene su defensa.

Además, la defensa de esta persona avisa de que “los medios de comunicación se han ensañado, sin ni siquiera haber mostrado interés alguno en conocer de primera mano las circunstancias personales de ella y conocer la otra versión de los hechos, eligiendo la opción fácil de escuchar a una de las partes y juzgando” directamente, en todo “un ensañamiento publico y mediático”.

Ello, en un marco en el que el pasado 13 de agosto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla acordaba derivar a los juzgados de Instrucción las actuaciones incoadas por la denuncia de esta mujer contra su expareja y padre de sus hijos, por presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato; exponiendo que había unido a tales diligencias un auto de fecha de 6 de agosto de 2023 del Registro Civil de Carmona, “donde se acuerda la rectificación de la mención registral del sexo” del varón investigado, que “pasará a ser mujer”.

Al punto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos explica que “la nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que la competencia objetiva, en el ámbito penal del Juez de Violencia sobre la Mujer, se extenderá a la instrucción de los delitos cometidos contra quien sea o haya sido la esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, así como a los descendientes, menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a potestad, cuando también se haya producido un acto de violencia de género”.

LA “VOLUNTAD DEL LEGISLADOR”

“Quedan excluidos por tanto, y por expresa voluntad del legislador, que de otra forma los hubiera incluido, los posibles delitos o delitos leves de los que sean sujeto activo o pasivo personas distintas a las mencionadas”, argumenta el juzgado, concluyendo que “el sexo de la persona denunciada ha cambiado, siendo ahora el de mujer, por lo que procede la inhibición de las diligencias previas remitidas por falta de competencia objetiva, con remisión de las mismas a los Juzgados de Instrucción” de Sevilla.

Ante ello, el abogado penalista José Antonio Sires, que representa a la acusación particular que ejerce la mujer denunciante del caso y expareja de esta persona que ha cambiado de sexo, ha interpuesto un recurso de reposición ante el propio juzgado contra dicha decisión judicial; avisando de que el artículo 46.3 de la Ley 4/2023 de garantía de los derechos de las personas LGTBI dispone literalmente que “la rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”.

TODO UN “FRAUDE DE LEY”

Este letrado, que viene avisando de que este cambio de sexo del investigado para pasar a ser mujer supone “un fraude de ley” para que su caso sea abordado por un juzgado convencional y no por uno de violencia sobre la mujer con lo que ello comporta en materia de penas; ha explicado que el Juzgado de Instrucción número 14 ha suspendido finalmente el juicio previsto para este martes por la denuncia de la persona protagonista de este asunto contra su patrocinada.

Según ha detallado, al comenzar la vista, el abogado de la acusación particular habría “intentado introducir un parte de lesiones que no constan en las actuaciones” al objeto de ampliar los cargos contra la mujer con un supuesto delito adicional de lesiones, ante lo cual el juez le habría advertido de que con ello se generaba una situación de “indefensión” para la defensa y la Fiscalía, que desconocían dicho documento.

Dado el caso, el Juzgado de Instrucción número 14 ha resuelto suspender la vista para que sea señalada más adelante, cuando el resto de partes haya tenido acceso a dicho documento, según este abogado, que avisa de que todo ellos deriva en “más daño psicológico” para su patrocinada y denunciante de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato por parte de la persona protagonista de este asunto.

La representación jurídica de la persona que ha cambiado de sexo, de su lado, asegura que esta persona “fue agredida” por la que fuera su mujer cuando era hombre y dice que “existe parte de lesiones médico y ni mucho menos existe una estrategia dolosa para suspender la causa”.


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