MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
La magistrada del Tribunal Supremo Susana Polo desestimó este martes los recursos presentados por Vox, Dignidad y Justicia y Sociedad Civil Catalana contra el archivo de la causa ‘Tsunami’, que afectaba al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y al parlamentario de ERC Rubén Wagesnberg.
Polo ratificó este martes la decisión que tomó el 9 de julio por la que se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en la que se investigaba a los dos políticos por sus vínculos con la organización del ‘Tsunami Democrátic’, las protestas del movimiento independentista que en el marco del ‘procés’ provocó importantes disturbios en las calles, carreteras e infraestructuras de Cataluña.
La juez tomó la decisión en julio, según explicó, tras conocerse la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que declaró invalidas las diligencias acordadas por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García-Castellón, en los últimos tres años por haber dictado fuera de plazo la prórroga de la causa.
La magistrada señaló entonces que antes del 29 de julio de 2021, que es el límite temporal para haber realizado diligencias de investigación según lo acordado por la Audiencia Nacional, “no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación de los investigados en los hechos que se le imputa, así se desprende del auto de archivo dictado por el instructor del Juzgado Central, en el que consta que no se había acordado ni tomado declaración a ninguno de los investigados -tampoco ha tenido lugar la de los aforados en la presente causa- lo que impide que las actuaciones puedan continuar por los trámites del procedimiento abreviado”.
En el auto publicado este martes insiste en que “el exceso y superación del plazo sin prórroga acordada” determina “la invalidez de las diligencias llevadas a cabo, y todo lo que de ello se deriva”, por lo que “no hay subsanación posible a una diligencia no válida en origen”.
RECURSOS
Dignidad y Justicia, Vox y Sociedad Civil Catalana presentaron entonces recursos contra la decisión. No obstante, todos ellos están basados en argumentos a partir de las investigaciones de los últimos tres años, que no son válidas por haberse practicado en una ampliación fuera de plazo.
En ese sentido, el auto difundido argumentó que “la invalidez de diligencias acordadas por la Audiencia Nacional a partir de período de instrucción, que concluyó el 29 de julio de 2021” implica que la instructora “no puede fundar la decisión de continuar el procedimiento contra los aquí investigados con base en las mencionadas diligencias”.
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