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La Audiencia confirma una condena de casi 3 años por entrar “a patadas” en una finca de Écija para robar leña

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SEVILLA, 29 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la pena de dos años y ocho meses de cárcel impuesta a un varón, por irrumpir en una finca de Écija dando “fuertes patadas a la puerta de la cancela hasta abrirla” al objeto de robar leña, siendo sorprendido por el dueño de la parcela, con el que protagonizó “un forcejeo” derivado en lesiones para la víctima de los hechos.

En una sentencia emitida el pasado 20 de mayo y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número diez, que le condena a dos años y ocho meses de cárcel por un delito intentado de robo con violencia en casa habitada con la agravante de reincidencia, así como a una multa de 150 euros por un delito de lesiones leves.

En concreto, el Juzgado de lo Penal número diez declaró probado que sobre las 23,30 horas del 21 de octubre de 2021, el acusado, con antecedentes penales por robo con fuerza, “guiado por el ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento, accedió a una finca de Écija” habitada por un varón.

“El acusado abrió la cancela exterior propinando fuertes patadas a la puerta de la cancela hasta abrirla aun sin fracturarla. Una vez dentro, el acusado, quien iba en un ciclomotor llevando una espuerta, se dirigió a la leñera comenzando a cargar troncos de la misma en tal espuerta, siendo entonces recriminado por el propietario de la finca, quien le preguntó qué hacía”, señala el relato de hechos probados de la sentencia inicial condenatoria.

“Ante tal reclamo, el acusado pretendió iniciar la huida y como quiera que el propietario de la parcela se interpuso en su camino para impedir tal huida, se inició entre ambos un forcejeo que les hizo caer al suelo”, destaca la sentencia, detallando que el dueño de la parcela sufrió a cuenta de su caída “lumbalgia postraumática, contusión en rodilla izquierda, erosión en mano derecha y crisis de ansiedad”.

En su recurso de apelación, el inculpado alegaba que fue el denunciante el que le llamó “para recriminarle robos anteriores sufridos en su parcela y el que comenzó a agredirlo, lo que habría motivado que el acusado se defendiera con troncos de leña que había junto a la casa”.

Pero la Audiencia considera, tras analizar el asunto, que ha sido “probado de forma suficiente que el acusado intentó apoderarse de efectos (leña) que llegó a introducir en la espuerta que llevaba en su ciclomotor y que ante los reproches y el intento del denunciante de evitar la consumación del hecho, se produjo un altercado físico entre ambos”, en el que el dueño de la finca “intentó evitar la huida del acusado con los efectos y este, por su parte, buscó zafarse de la retención que sufría”.

Dado el caso, la Sección Primera de la Audiencia desestima por completo el recurso de apelación del inculpado y confirma plenamente la sentencia inicial condenatoria.


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