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CSIF exige la corrección “inmediata” del error en la Ley de Paridad que deja a ciertos trabajadores desprotegidos

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SEVILLA, 23 (EUROPA PRESS)

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en Andalucía ha exigido una subsanación “inmediata” de la Ley de Paridad para proteger los derechos de trabajadores, una vez que registra “un inexplicable error” por el que los profesionales que, a partir de ahora, pidan una adaptación en su jornada laboral por motivos de conciliación o se acojan a permisos para cuidar a un familiar corren el riesgo de ser despedidos.

En un comunicado, la vicepresidenta y secretaria autonómica de Igualdad del sindicato en Andalucía, Yolanda Salgado, ha criticado no solo “el grave error” cometido por el Ministerio de Igualdad sino que no se haya solucionado antes de su entrada en vigor, “poniendo en riesgo la estabilidad laboral de muchos trabajadores y generando gran incertidumbre en la ciudadanía”.

Salgado ha explicado que desde CSIF se remitió un escrito al Ministerio de Igualdad el pasado 8 de agosto en el que lo instaba a la subsanación de este error técnico en la nueva ley y antes de su entrada en vigor para “evitar con ello las graves consecuencias que pudiera provocar en los trabajadores”.

Pese a ello, la central sindical “no obtuvo respuesta alguna” y la “ley ya está en la calle, sin que por el momento se conozcan los plazos previstos para que se corrija el documento”, ha añadido la responsable sindical.

Aunque el Gobierno central ha asegurado que el error será solventado en cuanto el calendario legislativo lo permita, CSIF se muestra “bastante escéptico” ante esta reacción del Ejecutivo puesto que “una vez publicada la ley, este tipo de cuestiones no suelen solucionarse en un corto plazo de tiempo”.

Por último, ha explicado que el error cometido por Igualdad en la nueva norma se trata de una omisión en la redacción de la misma, en concreto, en la disposición novena de la norma, lo que provoca que el despido a un trabajador que solicita un cambio en su jornada laboral por motivos de conciliación en general o por permiso de cinco días para cuidar de un familiar enfermo o accidentado, no sea considerado nulo, por lo que no estarán automáticamente protegidos contra el despido.


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