SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)
El abogado José Antonio Sires, que ejerce la acusación particular en el caso del ertzaina investigado por presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato y ante lo cual el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla se inhibió en favor de los juzgados de Instrucción al alegar el inculpado una rectificación de su inscripción registral identificándose como mujer, ha manifestado su deseo de que la Fiscalía “estudie” el asunto y “se pronuncie”, reiterando que se trata de “un fraude de ley” para evitar un juicio en el ámbito de la violencia de género.
En declaraciones a Europa Press, dicho letrado ha evaluado el auto emitido el pasado 13 de agosto por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos, documento en el que tal instancia explica que los presuntos hechos atribuidos a esta persona como denunciada “presentan caracteres que hacen presumir la existencia de una infracción penal”; añadiendo que el pasado 6 de agosto, fue unido a las actuaciones un auto del juez accidental del Registro Civil de Carmona, “donde se acuerda la rectificación de la mención registral del sexo de Cándido (…), el cual pasará a ser mujer y pasará a llamarse Candy”.
Al punto, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos explica que “la nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que la competencia objetiva, en el ámbito penal del Juez de Violencia sobre la Mujer, se extenderá a la instrucción de los delitos cometidos contra quien sea o haya sido la esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad”, así como a los descendientes, menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a potestad, cuando también se haya producido un acto de violencia de género”.
LA “VOLUNTAD DEL LEGISLADOR”
“Quedan excluidos por tanto, y por expresa voluntad del legislador, que de otra forma los hubiera incluido, los posibles delitos o delitos leves de los que sean sujeto activo o pasivo personas distintas a las mencionadas”, argumenta el juzgado, concluyendo que “el sexo de la persona denunciada ha cambiado, siendo ahora el de mujer, por lo que procede la inhibición de las diligencias previas remitidas por falta de competencia objetiva, con remisión de las mismas a los Juzgados de Instrucción” de Sevilla.
Ante ello, el abogado penalista José Antonio Sires, que representa a la acusación particular que ejerce la denunciante del caso, ha manifestado que sobre el acusado ya pesa una condena inicial a 15 meses de cárcel por otros delitos cometidos sobre esta mujer, ante lo cual el mismo ha solicitado un indulto al Gobierno.
En ese sentido, ha insistido en que el cambio de sexo alegado por esta persona en esta otra causa judicial constituye todo un “fraude de ley”, porque sólo persigue “ser enjuiciado por un juzgado ordinario y no por uno específico de violencia de género”, con lo que ello implica en materia de penas; así como huir de las “agravantes” implícitas en la violencia machista.
MENSAJE A LA FISCALÍA
Al hilo, ha manifestado su esperanza en que la Fiscalía “se haga eco del caso y lo estudie”, porque se trata, según ha reiterado, de “un fraude a todas luces, pues usa una norma para vulnerar otra”.
“Esperemos que la Fiscalía se pronuncie”, ha dicho el abogado señalando la necesidad de “acreditar” que este cambio de sexo no tiene otra finalidad que la de “evitar” que el juicio sea canalizado como violencia de género. Si la Fiscalía no actúa por sí misma, según ha dicho, como letrado reclamara la intervención de la misma.
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