MADRID, 30 (SERVIMEDIA)
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha multado a Booking.com con 413,2 millones de euros, la mayor multa en la historia del organismo supervisor, por abuso de posición de dominio con sus exigencias a los hoteles que emplean sus servicios de intermediación y por restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios, según informó la comisión este lunes en un comunicado.
La mayor multa hasta la fecha de la CNMC databa de 2022, cuando la comisión que preside Cani Fernández multó con 203,6 millones a seis de las principales constructoras por restricción de la competencia en las licitaciones durante 25 años. En 2023, Competencia multó con 194 millones a Apple y Amazon por restringir la competencia en la web de Amazon en España.
La multa sin precedentes en su cuantía que ahora se anuncia a Booking tiene su origen en 2021, cuando la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid denunciaron a la compañía por abusar de su posición de dominio. En octubre de 2022, la CNMC inició un expediente sancionador, cuya resolución hizo pública este lunes la comisión.
La CNMC comienza su resolución recordando que Booking.com actúa como una agencia de viajes en línea, y a través de su web, intermedia entre los hoteles, que ofertan sus habitaciones, y los clientes, que buscan un hotel, comparan precios y realizan sus reservas.
La plataforma cobra una comisión al hotel calculada sobre el importe de las reservas a través de Booking.com y dispone de un inventario hotelero, el cual es provisto directamente por los hoteles en virtud de unas condiciones Generales de Contratación que han de suscribir los hoteles con Booking.com. Adherirse a ellas es obligatorio para figurar en la web y la aplicación de Booking. Otras agencias, como eDreams o Lastminute, tienen inventarios hoteleros provistos por otras agencias de viaje o, en el caso de Logitravel, por proveedores mayoristas.
La cuota de Booking.com en España ha oscilado durante el periodo investigado entre el 70 y el 90 %.
FALTA DE TRANSPARENCIA
La CNMC ha acreditado que el gigante turístico impuso condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España, entre ellas una cláusula de precios que impide ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking.com, a la vez que la plataforma se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de la web o aplicación de Booking.
La multinacional también incurrió en falta de transparencia en la información sobre el impacto y rentabilidad de suscribirse a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius. Estos programas permiten a los hoteles que los suscriban mejorar su posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, a cambio de una comisión más alta o de ofrecer descuentos en la habitación más vendida o en la más barata que el hotel tenga en Booking.com.
La CNMC cree que Booking restringió la competencia a otras agencias de viajes online competidoras con el empleo del número total de reservas de un hotel a través de Booking.com como criterio de posicionamiento en la lista de resultados predeterminada de Booking.com. “Ello incentiva a los hoteles a concentrar sus reservas online únicamente a través de Booking.com, impidiendo que competidores puedan entrar o expandirse en el mercado”, señala la comisión en su resolución.
Asimismo, las condiciones comerciales no equitativas impiden a los hoteles ofertar precios más baratos de sus habitaciones en sus propias webs, mientras que Booking.com sí se reserva la posibilidad de rebajar el precio de la habitación que el hotel publica en Booking.com. En caso de conflicto sobre las Cláusulas Generales de Contratación (GDT), no pueden acudir a los tribunales españoles y deben emplear el Derecho de los Países Bajos, lo que les genera costes de litigación inequitativos.
La resolución de la CNMC se sustancia en dos multas de 206,62 millones de euros por cada una de las infracciones únicas y continuadas de abuso de posición de dominio.
Además, Competencia impone a Booking varias obligaciones de comportamiento para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.
Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
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