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Empresarios y sindicatos firman los dos convenios colectivos del sector de la madera en el Alto Aragón

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HUESCA, 31 (EUROPA PRESS)

Empresarios y sindicatos han firmado este miércoles, 31 de julio, los dos convenios colectivos del sector de la madera en la provincia de Huesca, que incluyen las carpinterías, ebanisterías, barnizados, carrocerías, tapicerías, remantantes, aserradores, envases y cajas.

En esta ocasión, a diferencia de otros años en los que sólo se actualizaban tablas salariales y calendario laboral, ambas partes han firmado los textos íntegros, lo que no se realizaba desde 2008, adaptándolos a la legalidad vigente.

Este retraso ha venido motivado por la expectativa de la firma de un convenio estatal del sector que, tras arduas negociaciones, finalmente no ha llegado a producirse.

Ambos convenios se han adaptado a la legalidad vigente en temas tales como: nuevas modalidades de contratación, permisos retribuidos, conciliación de la vida familiar y laboral, ley de igualdad, protección contra el acoso y también ante fenómenos meteorológicos adversos y protección medioambiental.

Por otra parte, la vigencia temporal abarca desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, con una jornada laboral anual de 1.752 horas, manteniéndose la flexibilidad existente en el sector hasta la fecha.

Se han incrementado las tablas salariales en unos porcentajes acordes con el vigente Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), para los años 2023, 2024 y 2025, firmado por los agentes sociales más representativos: CEOE, CEPYME, UGT y CCOO.

Como consecuencia, este año se aplica un incremento del 3,25% sobre las tablas definitivas del año 2023, con efectos de 1 de enero de 2024. En el caso en el que el IPC resultante del año 2024 sea superior al 3,25% se aplicará una revisión en la diferencia, con un tope máximo del 0,75%.

En 2025, se aplicará un incremento del 3% sobre las tablas definitivas del año 2024, una vez revisadas, en su caso. En el supuesto de que el IPC resultante del año 2025 sea superior al 3% se aplicará una revisión en la diferencia con un tope máximo del 1%. Por último, en el Convenio de Carpinterías se han actualizado las categorías profesionales eliminando algunas obsoletas y creando otras plenamente vigentes.


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