“Todos los trámites se llevaron a cabo entre órganos del Ayuntamiento, sin reuniones con el sector hostelero”
MADRID, 31 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid ha anulado el plan de ordenación de bulevares de las calles Ibiza y Sainz de Baranda, en el distrito de Retiro, aprobado por el Ayuntamiento de Madrid, al considerarlo no conforme a derecho dado que la hostelería no realizó una valoración sobre cuál podría ser su impacto en el funcionamiento del sector.
Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez estima el recurso interpuesto por la Asociación Vecinal Retiro Norte contra el acuerdo de 2 de diciembre de 2022 de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración. Dicho acuerdo aprobó el estudio de ordenación conjunta de Bulevares Ibiza-Alcalde Sainz de Baranda.
Así, el magistrado declara la nulidad del acuerdo anterior por no ser conforme a derecho y ordena retrotraer las actuaciones a la fase administrativa para que se realice una nueva instrucción del procedimiento de aprobación, incorporando a la misma los informes sectoriales oportunos atendiendo al contenido y alcance de la ordenación específica.
Además apunta que se deben de incluir entre dichos informes el que valore el impacto de las medidas que se propongan en el sector de la hostelería y restauración que desarrolla su actividad en las zonas objeto de la ordenación.
“A ESPALDAS DE LA HOSTELERÍA”
En la resolución, se esgrime que el examen del expediente administrativo revela que “la ordenación específica se ha realizado a espaldas del sector de la hostelería y restauración, que es su principal destinatario”.
“Todos los trámites que conforman el expediente se llevaron a cabo entre distintos órganos del propio Ayuntamiento de Madrid, sin que exista constancia expresa de que se mantuvieran contactos o reuniones con las entidades representativas del sector hostelero”, recalca.
Agrega igualmente que “la total ausencia de los informes que la normativa municipal exige imperativamente constituye una vulneración de una norma de procedimiento que genera indefensión hacia el destinatario de la ordenación específica recurrida (el sector de la hostelería y restauración)”.
“ACTO VICIADO” POR “UN DEFECTO DE FORMA”
“El acto se considera viciado, no de nulidad absoluta, ya que no cabe apreciar que se haya prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, sino de anulabilidad al existir un defecto de forma que ha dado lugar a la indefensión de los interesados”, agrega.
La Asociación Vecinal Retiro Norte se ha felicitado en un comunicado por el fallo judicial que, según sus palabras, “demuestra que la ordenación conjunta no se hizo bien y que el Ayuntamiento no está haciendo bien las cosas”.
“Además muestra la importancia de tener en cuenta a las asociaciones vecinales, la transparencia en los procesos y cómo esto puede ser una oportunidad para hacer una buena ordenanza y una nueva zona de ordenación conjunta que atienda el interés general de las vecinas y vecinos”, ha indicado la entidad.
HOSTELEROS Y VECINDAD
El recurso se interpuso en mayo del año pasado después de que el Consistorio desestimara otro de reposición que la entidad barrial había presentado ante un acuerdo de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración que abrió las puertas a la actual declaración de zona saturada los bulevares de las calles Ibiza y Alcalde Sainz de Baranda.
Los hosteleros también hicieron lo propio. El Ayuntamiento elaboró un plan de ordenación “que no convenció a nadie”, según la asociación vecinal.
Con su contencioso, la asociación perseguía defender el derecho del vecindario de Retiro al descanso y a disfrutar de su propio barrio y ciudad, algo que entienden “no garantiza el plan de bulevares aprobado por el Consistorio dado su limitado alcance y escasa ambición”.
Desde la misma fase de redacción de la modificación de la Ordenanza de Terrazas, la asociación vecinal propuso que todo el barrio de Ibiza y determinadas áreas de los barrios de Estrella, Jerónimos y Niño Jesús fueran declaradas zonas saturadas por su elevada ocupación de negocios de hostelería, pero el plan de los bulevares solo incluye las calles Ibiza y Alcalde Sainz de Baranda.
Además, el plan “no limita nada que no limitara la hoy anulada modificación de la Ordenanza de Terrazas”. “No se restringen horarios, no se hacen las terrazas proporcionales a los metros cuadrados del local, no se incorpora un estudio de impacto, ni se tienen en cuenta las quejas vecinales, que demuestran la imposibilidad de circular andando por la calle Menéndez Pelayo debido a la alta densidad de terrazas y a las continuas infracciones, sin suficiente personal por parte de la Policía Municipal para un seguimiento adecuado”, ha asegurado la entidad vecinal, mostrando la “inconsistencia y falta de rigor” del proyecto.
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