SEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recalcado que es fundamental informarse sobre las condiciones que ofrece cada operadora cuando se contrate el servicio de internet en la residencia vacacional si la estancia va a ser “relativamente prologanda”. Se debe tener en cuenta aspectos como las tarifas que ofrece la compañía, la permanencia, las condiciones de contratación y si existen indemnizaciones en caso de interrupción del suministro, así como, las penalizaciones.
En una nota de prensa, la Consejería de Salud y Consumo ha considerado “conveniente” comparar entre diferentes operadoras y tarifas, así como, valorar que la contratación del servicio de internet no está vinculado a una permanencia, o que la permanencia sea de menor duración porque esta diseñada para estas situaciones. Ha recomendado esta opción para aquellos que tengan intención de pasar todos los meses de verano en la segunda residencia.
Asimismo, ha apuntado que la operadora contratada en el hogar habitual puede ofrecer tarifas especiales para segundas residencias; en este caso, el interesado ha de tener en cuenta factores como “los servicios de mantenimiento, la calidad de la línea, si se ofrece fibra o internet de forma independiente”. Ante esta situación, la Junta ha recomendado “prestar atención a los periodos mínimos de contratación, el procedimiento para darse de baja y que se especifique de forma clara que se trata de un servicio temporal, circunscrito al periodo de vacaciones de la segunda residencia”.
Por este motivo, es importante, recalca la Junta, conocer el tiempo que se pasará en esa segunda residencia para valorar las opciones más convenientes, además de tener en cuenta la frecuencia de uso de internet. Si es una estancia corta y el uso de internet es escaso, se han de valorar opciones como el denominado ‘tethering’ que consiste en utilizar los datos del teléfono móvil para suministrar internet a otros dispositivos como tablets, ordenadores, televisores, otros móviles, entre otros.
En este último caso, Consumo ha recordado que si el usuario tiene contratada una tarifa de datos limitada, no es recomendable para el ‘streaming’ y los videojuegos online, entre otros, porque “se agotarían rápidamente los datos disponibles de la tarifa, mientras que, no supondría problema si se dispusiera de datos ilimitados”, ha concluido.
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