MADRID, 10 (SERVIMEDIA)
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones valoró este miércoles las conclusiones sobre el Ingreso Mínimo vital (IMV) recogidas en la Tercera Opinión de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) a propósito de esta política y señaló que la brecha de cobertura, que la Airef sitúa en el 56%, “es susceptible de distintas metodologías”.
Según el organismo que preside Cristina Herrero, el ‘non take-up’ del IMV o tasa que mide los potenciales beneficiarios que podrían pedirlo pero no lo hacen se situó a finales de 2023 en el 56% (fue del 58% en 2022).
El informe subraya que en diciembre de 2023, 342.856 hogares percibieron el IMV, un 20% más que el año anterior, los cuales representaban el 36% de los potenciales beneficiarios que lo solicitan.
Fuentes ministeriales precisaron que el cálculo de la tasa de ‘non take-up’ es “susceptible de distintas metodologías”, pues “los requisitos para recibirla incluyen, además del umbral de ingresos, otros relativos al patrimonio o la composición del hogar, que se deberían tener en cuenta para calcular el NTU”.
Entre otros, se exige que los solicitantes tengan al menos 23 años -o 18 años si tienen menores a cargo y no se es ya beneficiario de otra pensión-; acrediten un año de residencia legal en España; hayan vivido independientemente al menos un año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas, y demuestren un año de antigüedad de su unidad de convivencia.
El Ministerio celebró que, por primera vez, la Airef haya dedicado parte de la evaluación al comportamiento de las rentas mínimas autonómicas, y defendió que se siga profundizando en su evolución y en la transparencia de la información remitida por ellas.
En su opinión, un análisis objetivo de la situación tendría que tener en cuenta las rentas mínimas autonómicas y medir también el fenómeno del ‘non take-up’ o brecha de cobertura en estas. Según las mismas fuentes, conceder el IMV de oficio resulta “inviable y no recomendable”.
Señalaron que esta prestación se configura en base a los miembros de la unidad de convivencia y no existen bases de datos que contengan información suficientemente precisa sobre las unidades de convivencia para que su tramitación se pudiese iniciar de oficio.
La Ley del IMV pivota sobre el concepto de unidad de convivencia, entendida como un grupo de personas unidas por vínculos familiares que residen en un mismo domicilio, explican desde Inclusión.
“La Ley asume que, con carácter general, los familiares convivientes se prestan apoyo mutuo y solidario”. Por ello, la prestación es solidaria para todos, insistieron, si bien “se abona a través del titular que la pide”.
La ayuda se dirige a todos los familiares convivientes y para calcularla se computan las rentas que ingresan todos ellos.
En consecuencia, se necesitarían cambios en la estructura de datos administrativos del conjunto del Estado y cambios legislativos, tanto del IMV como de otras materias, fundamentalmente dentro de la protección de datos, argumentaron desde Inclusión.
Apuntaron también que las prestaciones gestionadas por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) son rogadas, es decir, otorgan derechos, pero también implican un régimen de obligaciones e incompatibilidades que son conocidas por las personas beneficiarias.
El Ministerio valoró favorablemente las conclusiones del informe de la Airef, que serán incorporadas a la fase de estudio y mejora de esta política en la que trabaja la secretaría general de Inclusión.
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