ZARAGOZA, 4 (EUROPA PRESS)
El presidente de la Asociación en Defensa de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorro y Seguros (Adicae), Manuel Pardos, ha aplaudido el respaldo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a sus reivindicaciones sobre las cláusulas suelo, que afectan a tres millones de clientes de 101 entidades financieras, aunque ha añadido: “No sabemos si la banca española seguirá maniobrando y queriendo poner palos en la rueda y se inventará alguna presión al Tribunal Supremo para no pagar”.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido este jueves una sentencia en la que avala el procedimiento colectivo iniciado por Adicae en la macrodemanda de Cláusula Suelo, iniciado hace 13 años. Por lo que ahora es el TS el que dictará sentencia, atendiendo a la interpretación del TJUE.
Con respecto a los plazos, Manuel Pardos ha confiado en que el TS “no tarde ni un minuto” en pronunciarse, como ha hecho en anteriores ocasiones, “para dictar sentencia para que no quepa absolutamente ninguna duda”. Sin embargo, ha anticipado que la banca recurrirá a “maniobras” para retrasar el pago, ha manifestado este jueves, en una rueda de prensa en la sede de Adicae en Zaragoza.
En España, se presentaron miles de demandas en las que se alegaba la ilegalidad de las cláusulas suelo a la luz de la directiva sobre las cláusulas abusivas y tras los llamamientos hechos en medios de comunicación de difusión nacional.
Después de que las pretensiones de los bancos se desestimasen en dos ocasiones, estos recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo, que albergaba dudas acerca de la adecuación del procedimiento colectivo para llevar a cabo un control de la transparencia de las cláusulas para determinar su carácter abusivo.
TRES MILLONES DE AFECTADOS
Según ha precisado Pardos, de los tres millones de clientes afectados por las cláusulas suelo, ha estimado que en torno al 50 por ciento de ellos no ha reclamado. Entre los motivos para no hacerlo, el presidente de Adicae ha expuesto los acuerdos alcanzados con sus bancos, que están terminando de pagar su hipoteca o ya lo han hecho “y renuncian a unos miles de euros que están ganados desde hace años”.
No obstante, del millón y medio que sí han reclamado, las entidades han resuelto unos 500.000 por el “falso arbitraje” del Banco de España que permitía a la banca decidir la indemnización y “no la justa, que es la cantidad defraudada a los consumidores mes a mes en los años que ha estado vigente”.
Así, unas 20.000 familias se sumaron a la macrodemanda, tanto asociadas de Adicae como de otros abogados. En la actualidad, la asociación tiene en torno a 5.000 procedimientos no resueltos por acogerse al “falso arbitraje”. Ha añadido que hay “bastantes” demandas agrupadas e individuales, “decenas contra cada entidad”.
En este sentido, el responsable de los servicios jurídicos de Adicae, Víctor Cremades, ha recalcado que los 5.000 procedimientos no resueltos integrados en la macrodemanda “representan una cuantía de millones de euros”, a los que se agregan los individuales y agrupados, por lo que el jurista ha aseverado: “Queda mucho camino por andar todavía y espero que la banca de su brazo a torcer y empiece a llegar a acuerdos reales”.
“Todavía quedan por los juzgados de España 145.000 demandas individuales o agrupadas de Adicae estorbando a una justicia tan deteriorada como la española y tan injusta para los consumidores”, ha lamentado Pardos, quien ha agregado que la banca nacional “está encantada ya que, a pesar de tener que abonar los intereses de demora “sale ganando porque menos de la cuarta parte de los consumidores han reclamado”.
Manuel Pardos ha asegurado que las entidades bancarias “siempre consiguen mucho más yendo a la justicia de forma individual para conseguir que los consumidores se retraigan, no reclamen, se aborrezcan o se conformen con la cuarta parte o la mitad de lo que corresponde”.
En este punto, el presidente de Adicae ha aclarado que incluso quienes hayan aceptado ese “falso arbitraje del Banco de España” o terminado ya de pagar su hipoteca hace años, “si les cobraron las cláusulas suelo, tienen derecho a reclamar”. Ha confiado en que, ante esta situación y el pronunciamiento del TJUE, “el TS no puede hacer otra cosa que rechazar –los criterios del consumidor medio para llevar a cabo el control de transparencia–“.
El Tribunal Supremo también hizo referencia a la dificultad de utilizar el criterio del consumidor medio para llevar a cabo el control de transparencia en este caso, ya que las cláusulas suelo se dirigían a diferentes categorías específicas de consumidores.
ACCIÓN COLECTIVA
Tras este “pronunciamiento total a favor de Adicae”, ha explicado Pardos, se terminan las dudas sobre un proceso “en el que hemos padecido incluso ataques hasta de otras organizaciones de consumidores y usuarios que consideraban que la acción colectiva no valía en España”.
Además, Pardos se ha felicitado del “gran papel” que ha tenido Adicae al interponer “centenares” de demandas colectivas y ha abierto las puertas de la asociación a todos los consumidores con la macrodemanda y todo tipo de demandas agrupadas.
En definitiva, esta sentencia “llega después de más de 13 años de lucha incansable” y representa “una victoria no solo para los consumidores, estableciendo un futuro prometedor para el ejercicio efectivo de la acción colectiva en España, sino también para la propia justicia y la transparencia en el sector bancario”, han indicado desde Adicae.
SENTENCIA DEL TJUE
En su sentencia, el TJUE señala que ninguna disposición de la directiva indica que el control judicial de transparencia quede excluido en el marco de una acción colectiva, sino que debe simplemente adaptarse a las particularidades de las acciones colectivas y concentrarse en las prácticas contractuales y precontractuales estándar del profesional con respecto al consumidor medio.
Además, apunta que, en este caso, se cumple el primero de los dos requisitos a los que se supedita el ejercicio de una acción colectiva contra varios profesionales, ya que esta se dirige contra profesionales del mismo sector económico (el de las entidades de crédito) y recuerda que las dificultades organizativas planteadas por la complejidad del asunto no pueden menoscabar la efectividad de los derechos subjetivos reconocidos por la directiva a los consumidores.
El Tribunal de Justicia señala también que parece que se cumple el segundo requisito, ya que, a falta de las comprobaciones que haga el Tribunal Supremo, las cláusulas suelo en cuestión parecen similares y añade que el mero hecho de que los contratos en los que estas figuran hayan sido celebrados en momentos diferentes o bajo diferentes regímenes normativos no permite excluir esta similitud.
Por último, la sentencia destaca que es precisamente la heterogeneidad del público afectado la que hace necesario recurrir a la figura del consumidor medio, cuya percepción global es pertinente a efectos del control de transparencia.
Por todo ello, Adicae insta a todas las entidades financieras a restituir a los consumidores “de manera inmediata y sin más dilaciones las cantidades indebidamente cobradas”.
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