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Catalunya amplía las áreas de tensión y establece un límite en los alquileres en 131 municipios adicionales

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Capella defiende que es un paso más para “sacar la vivienda de la lógica del mercado”

GIRONA, 3 (EUROPA PRESS)

La Conselleria de Territorio ha publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc) la declaración de 131 municipios más como zona de mercado residencial tensionado para que se aplique el tope del alquiler.

Según ha informado en un comunicado, la Generalitat ha enviado la declaración al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para que este la publique y pueda entrar en vigor, y los 130 municipios se suman a los 140 que la Generalitat ya declaró como tensos durante el mes de agosto del año pasado.

En total, Catalunya tendrá 271 municipios en los que se aplicará la contención de las rentas, donde viven más de 7 millones de personas, un 90% del total de la población.

En declaraciones a los medios en Camprodon (Girona), tras presentar viviendas de alquiler con protección oficial en el municipio, la consellera de Territorio, Ester Capella, ha dicho espera la publicación del Gobierno “no tarde siete meses como tardó en la anterior declaración”.

Para Capella, esta nueva declaración es un paso más para “sacar la vivienda de la lógica del mercado” y para garantizar el acceso a tener una vivienda digna, que es un derecho fundamental.

¿CÓMO AFECTA A LOS MUNICIPIOS?

La ampliación afecta ahora a los municipios de más de 2.000 habitantes donde las familias dedican más del 30% de sus ingresos a pagar el alquiler o hipoteca o donde el precio de las viviendas haya experimentado en los últimos 5 años un incremento acumulado de al menos 3 puntos por encima del IPC.

En los municipios tensionados, el alquiler de los nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de ese contrato.

Además, cuando se trate de un gran tenedor, es decir, un propietario como cinco o más inmuebles, el alquiler no podrá ser superior al Índice de referencia del precio del alquiler.


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