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El juicio por estafar 150.000 euros a otro mediante una inversión ficticia comienza este lunes

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MURCIA, 23 (EUROPA PRESS)

Este lunes, a partir de las 9.30 horas, comienza el juicio en la Audiencia Provincial de Murcia contra los acusados, S.G.G y V.S.S, mayores de edad y sin antecedentes penales, por estafar 150.000 euros a un tercero mediante una operación de inversión ficticia.

La fiscalía pide para cada uno de los acusados una pena de cárcel de 3 años, así como ocho meses de multa a razón de 8 euros diarios. Los acusados, junto a la mercantil creada de forma ficticia, deberán indemnizar a la víctima con 150.000 euros, por el dinero del que se apoderaron indebidamente.

Los hechos se remontan a principios de 2014, cuando el acusado S.G.G, mayor de edad y del que no constan antecedentes penales, se puso en contacto con José María C.C, como “supuesto” representante y oficial bancario y que trabajaba como director gerente de una entidad financiera de nacionalidad inglesa, ofreciéndole financiación para desarrollar proyectos comerciales en condiciones muy ventajosas.

En concreto, le propuso construir un centro comercial, para lo cual la víctima necesitaba terrenos. Poco a poco, el acusado fue ganándose la confianza de José María, asegurándole que se trataba de negocios que el había hecho en otras ocasiones llamados ‘Contratos de Inversión de Alta Remuneración’, que daban muy buenos resultados y eran seguros.

El acusado alquilo un local a José María que este tenía en Totana con la aparente finalidad de extender su negocio en dicha localidad y sus aledaños. Cuando José María iba a visitarlo simulaba estar preparando otros negocios similares, lo que hacía que la víctima creyese aun más en él.

Una vez convencido José María de dicha operación, S.G.G lo puso en contacto con el otro acusado V.S.S., mayor de edad y sin antecedentes penales, alegando que el mismo tenía una sociedad gestora que tenía autorización exclusiva para contratar esa línea de créditos de la mercantil inglesa en territorio nacional y que, además, tenía gran experiencia en ese campo.

La víctima lo acepto y siguió con el negocio ficticio que le estaban ofreciendo los acusados. El día 2 de junio de 2014 firmaron un contrato preparado presuntamente por una empresa, en el que se estableció que José María debía aportar la suma de 150.000 euros que abonaría por transferencia bancaria en el plazo de tres días desde su firma. La inversión tenía una duración de 40 días y tras dicho plazo recibiría un reintegro de 4.500.000 de euros.

Pese a lo extraño de la operación, los acusados convencieron a José María de que era algo real, aprovechándose de su ignorancia en materia financiera, diciéndole que en Inglaterra esas operaciones tenían grandes rebajas fiscales y por eso los beneficios obtenidos eran tan elevados.

Para realizar las operaciones abrieron una cuenta en una entidad bancaria. José María , convencido de que la operación que estaba haciendo era real, ordeno la transferencia de los 150.000 euros. Recibido el dinero, los acusados, de común acuerdo y actuando con animo de obtener un beneficio económico ilícito, siguiendo con su plan inicial, se apoderaron del mismo y no devolvieron nada pese a las reiteradas solicitudes de José María.

Por todo ello, la fiscalía pide para cada uno de los acusados la pena de tres años de prisión, ocho meses multa a razón de diez euros de cuota diaria. Asimismo, por Responsabilidad Civil, los acusados deben indemnizar de forma solidaria, junto a la mercantil creada por éstos, a José María en la suma de 150.000 euros por el dinero del que se apoderaron indebidamente.


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