ALMERÍA, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado una pena de dos años y medio de prisión para un hombre que en agosto de 2019 fue sorprendido con varias cantidades y tipos distintos de drogas en el entorno del festival The Juerga’s Rock de Adra (Almería) al considerar que no quedó acreditado que fuera a traficar con las sustancias.
El alto tribunal andaluz estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado, el letrado Esteban Hernández Thiel, quien señaló en su escrito que los estupefacientes se habían adquirido “en comandita por un grupo de cuatro personas”, entre ellas el acusado, para su consumo en el citado festival; cuestión sobre la que declararon todos los integrantes del grupo de amigos.
La sentencia tiene en cuenta que tanto el acusado, reconocido como consumidor habitual de drogas, como su acompañante indicaron durante la fase de instrucción que habían comprado distintas cantidades de cocaína, speed, MDMA y éxtasis, entre otras sustancias, con otra pareja más para su consumo por todos ellos “con ocasión del festival”.
Tanto la acompañante del acusado, quien se identificó como la persona que compró las sustancias, como los miembros de la pareja declararon en el mismo sentido; una versión que mantuvieron durante el juicio que se celebró en la Audiencia Provincial de Almería.
La sala apunta que “no es discutida la realidad del festival en cuestión” ni existe constancia de que las drogas constituyesen “un montante excesivo para su consumo incluso en grupo” mientras que por otro lado, da cuenta de que “no es infrecuente el consumo de sustancias de esta índole en algunas fiestas juveniles, reuniones de fin de semana o festivales prolongados con numerosa afluencia de asistentes”.
Para el tribunal tampoco resulta “especialmente relevante” si el producto era físicamente portado por el acusado o su acompañante, ya que ambos se declararon como “coposeedores” junto al resto de miembros del grupo, o si se había adquirido a un valor inferior al tasado por la Guardia Civil.
“En definitiva, la prueba practicada lleva a constatar que la versión sostenida por el acusado” por lo que “constituye una alternativa razonable” que, en este caso, genera una duda lo suficientemente importante para absolverlo al no contar con pruebas suficientes para determinar que fuera a vender las drogas.
Fue durante la madrugada del 3 de agosto de 2019 cuando el acusado fue sorprendido por agentes de la Guardia Civil en el Paseo Marítimo de Adra a bordo de un coche de alta gama.
Debido a su “actitud sospechosa”, fue registrado y se halló en posesión de ocho bolsas de speed, ocho de MDMA, cinco de cocaína, diez pastillas de éxtasis y 14 pastillas rosas de éxtasis cuyo coste en el mercado ilícito se tasó en 508 euros. El acusado acreditó documentalmente su dependencia de los estupefacientes.
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