MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El partido político Vox, que ejerció la acusación popular en el juicio del ‘procés’ que se celebró en el Tribunal Supremo, ha enviado un escrito de alegaciones al alto tribunal señalando que la ley de amnistía no es aplicable a los encausados y procesados para el delito de malversación porque al ser cargos públicos no se puede separar la esfera privada de la pública y por tanto se enriquecieron al costear el referéndum ilegal.
Así lo explica la formación de Santiago Abascal en un escrito elaborado por la letrada Marta Castro, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que recuerda que la ley de amnistía excluye de la misma los casos en los que se buscara enriquecimiento personal, pero sí abarca el ánimo de lucro.
Considera que se busca así desligar la esfera privada de la pública, y entiende que esto no se puede admitir porque el hecho de que los encausados a los que se les atribuye el delito de malversación fueran cargos públicos “difumina” la separación de esos dos ámbitos.
“Podrá, en todo caso, entenderse que con la obtención de sus motivaciones políticas obtienen su propio beneficio, plasmado en la consecución de los fines que han proclamado en toda ocasión, y concretado en la celebración del referéndum ilegal que es objeto de enjuiciamiento, para el que usaron, sin escrúpulo alguno, el erario público de todos los españoles”, añade.
CONFRONTA CON LA NORMATIVA EUROPEA
Por otro lado, señala que no se puede aplicar la ley porque confronta con la directiva europea de lucha contra el fraude. “A la luz de la normativa europea, (…) el delito de malversación se configura como aquellos que, junto con el blanqueo de capitales, y cohecho activo y pasivo afectan a intereses financieros de la Unión”, resalta.
Añade que esta ley, que perdona a los condenados por el ‘procés’ independentista catalán, “es, por su finalidad, contraria al principio de igualdad ante la ley y de no discriminación” del Tratado de la Unión Europea.
Estos motivos, a juicio de Vox, son suficientes para que el Supremo decida no aplicar la amnistía a esa causa, pero añade que en todo caso, subsidiariamente, propone el planteamiento de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y “la suspensión del proceso hasta su decisión, con excepción de las medidas de busca y captura ya adoptadas”, en alusión indirecta a la orden nacional de detención vigente contra el expresidente catalán Carles Puigdemont.
Con esto, lo que solicitan es que se suspenda además la aplicación de la ley de amnistía hasta que se obtenga una respuesta del TJUE.
Y abunda en que el planteamiento de la cuestión prejudicial deberá versar sobre si la ley de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña “resulta incompatible con las normas de derecho europeo”.
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