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El fiscal solicita dos años de prisión para un padre y su hija por cometer estafa contra otra hija y hermana a través de una operación inmobiliaria

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SANTANDER, 5 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Cantabria pide una pena de dos años de cárcel a un padre y su hija por un delito de estafa, ya que ambos están acusados de realizar una operación inmobiliaria que supuso perjudicar el patrimonio de otra hija y hermana.

Según el escrito provisional de acusación del ministerio público, la perjudicada administraba una sociedad que era propietaria de una finca en Queveda, Santillana del Mar, valorada en 220.000 euros.

El padre, sabiendo que el poder otorgado por esa sociedad le había sido revocado, realizó una venta “simulada, ya que nunca llegó a pagarse cantidad alguna”, de la finca a otra empresa.

Por su parte, la sociedad compradora estaba administrada por otra hija suya y carecía de actividad, ya que fue constituida “con la única finalidad de incorporar a su patrimonio la finca de Queveda con claro perjuicio de su hermana”, que ignoraba la venta de la propiedad.

Según la Fiscalía, los hechos constituyen un delito de estafa, que atribuye al padre, a la hija propietaria de la sociedad que adquirió la finca y a la propia empresa.

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La pena solicitada por el ministerio público para cada uno de ellos es de dos años de prisión y 1.440 euros de multa.

Y para la sociedad, la condena pedida por la Fiscalía es su disolución, además de que reintegre la finca a la mercantil que era propietaria de la misma antes de la venta simulada.

La acusación particular, que ejerce la perjudicada, eleva la petición de pena a tres años de prisión y 1.620 euros de multa. También pide la disolución de la sociedad compradora de la finca y el reintegro de la misma a su propietaria.

Por su parte, la defensa alega que en la familia se realizaron numerosas operaciones de transmisión de propiedades sin que tuviera lugar pago efectivo de ninguna, y que era el padre el único que disponía de medios económicos para adquirirlas.

En el caso de la finca objeto del pleito, explica esta parte que la adquiriente nunca desembolsó precio alguno porque su actuación era la de un representante que encubre al verdadero titular.

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En este sentido, añade que no se pueden calificar los hechos como estafa, puesto que faltan el engaño y el desplazamiento patrimonial, elementos que exige este delito.

El juicio esta previsto este jueves, 6 de junio, a partir de las 11.00 horas en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria.


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