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El hombre acusado de abusar sexualmente de su hija de 11 años y de una amiga de ésta acepta una condena de seis años de prisión

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El procesado aprovechó el periodo vacacional que la menor pasaba con él por convenio de divorcio

GIJÓN, 5 (EUROPA PRESS)

Un acusado de abusar sexualmente de su hija de 11 años y de una amiga de esta ha reconocido este miércoles los hechos que le atribuía la Fiscalía de Área de Gijón y las acusaciones particulares y ha aceptado una condena de seis años de prisión, entre otras medidas.

Así lo ha hecho coincidiendo con la vista oral que estaba señalada para este miércoles en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón, tras llegar a un acuerdo de conformidad con las acusaciones, según una nota de prensa del Ministerio Fiscal.

En virtud del mismo, el procesado ha reconocido que durante la primera quincena del mes de julio de 2021, el acusado (1973) disfrutaba en Gijón del período vacacional estipulado por convenio en compañía de su hija, de 11 años.

En un momento no determinado de ese período, el acusado, aprovechando que se encontraba descansando en su cama junto a la menor, la abrazó por la espalda y frotó su pene contra ella, al tiempo que le hizo tocamientos por debajo de la ropa interior.

Asimismo, el 18 de agosto de 2021, el acusado se encontraba en su domicilio de Gijón en compañía de su hija y una amiga de esta, de 12 años. Sobre las 22.00 horas, el acusado coincidió con la amiga de su hija en el cuarto de baño, donde le hizo tocamientos por encima de la ropa interior. Esta logró zafarse, abandonando apresuradamente el lugar.

Por auto judicial, se impuso al acusado las medidas cautelares de prohibición de acercarse a menos de 300 metros a las menores, a sus domicilios, lugares de estudios y cualquier lugar frecuentado por ellas y la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ambas.

Los hechos fueron considerados constitutivos de: Un delito de abuso sexual a menor de 16 años de los artículos 183.1 y 4 d), 192 y 106.1 e), f), i), j) del Código Penal, según redacción dada por la LO 1/2015, vigente a la fecha de los hechos; y un delito de abuso sexual a menor de 16 años de los artículos 183.1, 192 y 106.1 e), f), i), j) del Código Penal, según redacción dada por la LO 1/2015, vigente a la fecha de los hechos.

Por el primer delito, se le impone al acusado cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y para el ejercicio de cualquier actividad que conlleve el contacto regular y directo con menores; y libertad vigilada durante seis años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad.

Esta incluye la prohibición de aproximarse a su hija a menos de 500 metros, así como prohibición de comunicación con la misma por cualquier medio; prohibición de desempeñar actividades que ofrezcan o faciliten la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza y la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.

En el caso del segundo delito, se le imponen dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y para el ejercicio de cualquier actividad que conlleve el contacto regular y directo con menores.

A esto se suma una pena de libertad vigilada durante cinco años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, con cumplimiento de las siguientes medidas: prohibición de aproximarse a amiga de su hija a menos de 500 metros, así como prohibición de comunicación con la misma por cualquier medio; prohibición de desempeñar actividades que ofrezcan o faciliten la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza y la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.

El acusado deberá, también, abonar las costas del procedimiento. En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado indemnizará a su hija con 4.000 euros y a la amiga de esta, con 1.500 euros, más los intereses legales correspondientes.


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