MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ha emitido esta semana una resolución que establece nuevas prohibiciones y limitaciones para prevenir incendios forestales, aplicables de manera automática en situaciones de alto riesgo ante el aumento de las temperaturas, según publica el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Las nuevas restricciones incluyen la prohibición de encender fuego en espacios abiertos y la suspensión temporal de todas las autorizaciones para la quema de rastrojos, pastos, restos de poda y selvícolas. Además, queda prohibido encender fuego en áreas de descanso de carreteras y zonas recreativas y de acampada.
La resolución también limita el uso de maquinaria y equipos en los montes y áreas rurales cercanas que generen chispas, deflagraciones o descargas eléctricas, salvo autorización expresa de la Administración autonómica o en caso de ser necesarios para la extinción de incendios. Asimismo, se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico y el abandono de objetos en combustión.
Para facilitar la toma de decisiones, la Agencia Estatal de Meteorología mantendrá actualizada la predicción de riesgo de incendios forestales en su portal web. La información georreferenciada sobre niveles de riesgo estará disponible para consulta pública.
RESTRICCIONES CONTEMPLADAS EN EL INFOMA
En la Comunidad de Madrid, las restricciones específicas están reguladas en el anexo 2 del Decreto 59/2017, que aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (INFOMA). Este plan detalla las medidas preventivas aplicables en terrenos forestales y franjas no forestales de 400 metros.
La Dirección General de Emergencias tiene la autoridad para paralizar el uso de fuego, maquinaria y equipos cuando las condiciones meteorológicas lo requieran, se cree alarma social o por otras circunstancias que lo aconsejen.
La resolución dispone que, ante un riesgo muy alto o extremo, se suspenderán automáticamente todas las autorizaciones relacionadas con el uso de fuego en terrenos forestales. Sin embargo, esta suspensión no se aplicará al uso de maquinaria en época de bajo peligro de incendios, en terrenos agrícolas cercanos a zonas forestales o cuando dicha maquinaria sea gestionada por la Comunidad de Madrid o el Ministerio de Fomento, siempre que se cumplan las medidas preventivas especificadas.
Las previsiones de la resolución también permiten la adopción de medidas complementarias por la Dirección General de Emergencias basadas en índices de riesgo elaborados por técnicos y analistas.
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