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Pleno este jueves en Palomares tras la sentencia que avala la licencia de la gasolinera de la moción de censura

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El Grupo socialista introducirá el asunto en el turno de ruegos y preguntas

PALOMARES DEL RÍO (SEVILLA), 29 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Palomares del Río, gobernado por mayoría absoluta por Manuel Benjumea independiente tras dejar Cs y unirse al PP, celebra este jueves su pleno ordinario; el primero tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla desestimatoria de su recurso contra la resolución de Alcaldía de noviembre de 2021, cuando gobernaba la socialista Ana Isabel Jiménez, relativa a la autorización de las obras promovidas por la empresa Petroprix para instalar una nueva gasolinera cerca de las viviendas de la calle Loma Verdejena, acto que fue declarado lesivo por el pleno municipal en noviembre de 2022, ya con Benjumea en el poder.

La sesión está fijada para las 8,30 horas y aunque en el orden del día no figura este asunto, la exalcaldesa socialista ha manifestado a Europa Press que el Grupo socialista lo introducirá en el turno de ruegos y preguntas, para debatir sobre la sentencia.

En esta sentencia emitida el pasado 22 de mayo por el juzgado se declara “no lesiva para el interés público” dicha licencia de obras y, además, se condena al Ayuntamiento a pagar las costas del proceso judicial hasta un límite de 6.000 euros.

Recordemos que en abril de 2022, en el anterior mandato municipal, los entonces concejales de Cs, PP, Podemos y Vox del Ayuntamiento de Palomares del Río formalizaban una moción de censura contra la alcaldesa, Ana Isabel Jiménez Salguero (PSOE), quien gobernaba en minoría; esgrimiendo como principal motivo la supuesta “inacción” de los socialistas ante la insistente demanda vecinal y política de que fuese revocada la licencia concedida para instalar una gasolinera en la calle Loma Verdejana, muy cerca de las viviendas de dicha calle, cuyos moradores se oponían frontalmente a dicho proyecto privado.

Ante dicha operación, las concejalas de Podemos y Vox que participaban en la misma fueron expulsadas de sus respectivos partidos, que no autorizaban su participación en la misma.

Empero, la moción de censura prosperó finalmente y Manuel Benjumea, entonces portavoz de Cs, se hizo con la Alcaldía con el compromiso expreso de abortar el proyecto de la citada gasolinera; revalidando después el poder en las elecciones municipales de 2023, cuando cosechó mayoría absoluta como candidato independiente, después de dejar Cs, integrarse en el PP pero desligarse finalmente de dicho partido.

Días antes de ser consumada la moción de censura, la entonces todavía alcaldesa socialista acusaba a los ediles promotores de la moción de censura de impedir la celebración de un pleno extraordinario y urgente que había convocado, al votar en contra de la urgencia de la sesión.

Ese pleno finalmente no celebrado, según explicaba la ya exregidora, estaba destinado a dar cuenta de los nuevos informes municipales que estimaban las alegaciones de Petroprix Energía contra la primera “declaración de lesividad” promovida por el Consistorio contra su propia licencia, al entender tales informes “subsanables” los aspectos esgrimidos para “intentar la anulabilidad del acto administrativo” de la concesión de la licencia de obras.

LA NUEVA DECLARACIÓN DE LESIVIDAD

El 22 de noviembre de 2022, en cualquier caso, el pleno de Palomares abordaba con Benjumea como alcalde iniciar una nueva “declaración de lesividad de la licencia para la implantación de gasolinera en la calle Loma Verdejena”.

En la sesión, la secretaria general del Ayuntamiento daba lectura a un escrito según el cual la nueva declaración de lesividad de la concesión de la licencia se proponía porque el 13 de mayo de 2022, días después de la moción de censura, fue registrado un documento de la asociación de vecinos Palomares avisando de “posibles irregularidades” en el proyecto técnico de la gasolinera al estar firmado por un “técnico no competente” para ese tipo de instalaciones, instando así a la “revisión de oficio”.

Un “servicio externo especializado” y contratado por el Ayuntamiento, según leía la secretaria, había emitido un informe según el cual por tal motivo, la resolución de Alcaldía que autorizaba la licencia de obras incurriría en “vicio de anulabilidad por ser redactado” el proyecto por “un técnico incompetente”.

Por eso, el acuerdo aprobado entonces implicaba “iniciar el procedimiento” para resolver si procede la declaración de lesividad de la resolución de Alcaldía que autorizaba la licencia de obras, así como “suspender la ejecución de la resolución” hasta la finalización de este procedimiento administrativo, siendo suspendidos los demás actos administrativos que derivasen de la mencionada resolución municipal.

LA SENTENCIA DEL JUZGADO AVALA LA LICENCIA

En ese sentido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla expone en su sentencia, recogida por Europa Press, que “el mero hecho determinante de anulación que invoca” el Ayuntamiento al recurrir su propia licencia de obras de noviembre de 2021 para la gasolinera, en alusión a la titulación del redactor del proyecto de obra, “no era cuestión pacífica a la fecha del dictado del acto administrativo que se pretende declarar lesivo, como acreditan el propio acto en el que se declara la lesividad y la demanda, que señala una doctrina en una sentencia posterior” del Tribunal Supremo.

Pero el juzgado precisa que “más allá del hecho de la titulación del redactor del proyecto”, el Ayuntamiento no ha justificado en su recurso “cuáles son las consecuencias que produce” tal extremo, “esto es, cuáles son los defectos del propio proyecto que lo harían incompatible con la actividad”, lo que a su vez “demuestra la actuación contraria a la buena fe de la administración”, que “no permite a la titular de la licencia solventar el defecto durante el procedimiento de lesividad”.

VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA EMPRESA DE LA GASOLINERA

“La falta de titulación bastante del redactor del proyecto (…) no lleva consigo el rechazo de plano del proyecto, sino un trámite de subsanación”, señala el juzgado, considerando que el Ayuntamiento “ha utilizado” el aspecto de la titulación “como motivo para acordar la declaración de la lesividad sin ofrecer a la entidad la posibilidad de subsanarlo, demostrando una voluntad previa dirigida a la anulación del acto, sin respetar los derechos del titular” de la licencia.

Además, el juez agrega que el Ayuntamiento no ha justificado “el interés general que se ve afectado, sin que pueda considerarse como tal las declaraciones de vecinos de la zona”, que igualmente no eran “un porcentaje relevante de la población del municipio”.

La declaración de lesividad, así, fue dictada “ayuna de elementos probatorios o razonamientos que justifiquen la vulneración del interés general, que no puede confundirse con los criterios políticos que adopte el nuevo gobierno municipal”. Es más, el juzgado considera que esta declaración de lesividad impulsada por Benjumea como alcalde “no obedece sino a un motivo de oportunidad, de criterios políticos distintos”.


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