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El juzgado de San Sebastián reconoce la lesión de una trabajadora de la OTA de San Sebastián como un accidente laboral

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SAN SEBASTIÁN, 28 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de los Social número 3 de San Sebastián ha reconocido como accidente de trabajo la lesión de una trabajadora de la OTA de San Sebastián que necesitó un año de baja médica tras el alta que emitió Fremap.

En un comunicado, el sindicato CCOO ha explicado que el citado juzgado ha emitido una sentencia que estima que la lesión de rodilla de la trabajadora M.G.S. es un accidente de trabajo.

M.G.S. es controladora del pago de aparcamientos de vehículos a motor (OTA Donostia) de la empresa Estacionamientos de Servicios SA, y sufrió en marzo de 2022 un accidente de moto de los denominados ‘in itinere’ cuando había finalizado su jornada de trabajo.

“Si bien la mutua Fremap se hizo cargo en un primer momento del tratamiento y el pago de la prestación económica por ser un accidente de trabajo, emitió el alta médica un mes después”, ha explicado CCOO.

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El sindicato ha apuntado que “al continuar sufriendo dolores y molestias, M.G.S. volvió a la mutua, negándose esta a emitir una baja médica”, situación ante la cual la trabajadora “tuvo que acudir al Servicio Vasco de Salud, Osakidetza, que emitió una nueva baja médica por rotura de ligamento cruzado que comenzó en junio de 2022 y se ha prolongado hasta mayo de 2023”.

CCOO ha apuntado que “si bien en sus alegaciones la mutua ha intentado desvincular las lesiones de uno y otro proceso de baja, la sentencia declara que el segundo proceso de baja “deriva de accidente de trabajo, al constituir una recaída del proceso de IT previo causado tras un accidente de trabajo ‘in itínere'”.

La sentencia considera “evidente” el nexo de causalidad entre la patología del segundo periodo de baja médica y el accidente acontecido en marzo de 2022.

Para CCOO, el alta médica emitida por Fremap fue “prematura y fuera de lugar, por no estar recuperada la trabajadora para desempeñar su tarea”. A ello ha añadido que M.G.S. ha tenido que “estar de baja médica un año más después de esa alta”.

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