BARCELONA, 27 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Barcelona ha afirmado que la tasa de recogida de residuos municipales aprobada el 2020 “era válida a todos los efectos”, después de que este lunes el Tribunal Supremo (TS) haya estimado el recurso de casación del consistorio contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Según fuentes municipales consultadas por Europa Press, la sentencia “confirma el criterio municipal” según el cual se tiene que tener en cuenta el consumo de agua y el caudal nominal para calcular la tarifa de la tasa.
El TSJC declaró la nulidad de la tasa después de que Aigües de Barcelona interpusiera un contencioso administrativo.
Según la sentencia del TS, el consumo de agua presenta una correlación positiva con la generación de residuos, y aclara que “esta correlación se basa en que el consumo de agua depende, entre otros factores, del número de personas que habitan en un domicilio y su nivel de renta, y ambos son indicios explicativos racionales y suficientes de la generación de residuos, tal como demanda el principio de quien contamina paga”.
Fuentes municipales han señalado que el Ayuntamiento modificó la tasa en 2022 para adaptarse a los requerimientos técnicos que planteaba el TSJC y han explicado que la tasa “no se ha dejado de cobrar nunca”.
Han asegurado que están trabajando para adaptarse a lo que establece la Ley de Residuos y Economía Circular que se enmarca en la Directiva Marco de Residuos UE 2018/851, que será de aplicación directa en 2025.
La directiva europea modifica la de 2008 y fue traspuesta por la ley española 7/2022, que implanta el sistema de pago por generación de residuos, de forma que a partir de 2025, no se podrá vincular el recibo de agua con la generación de basuras.
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