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El miércoles, el juez de la AN que investiga a ‘Tsunami’ cita como investigada a la secretaria general de ERC

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Tomará también declaración a otros seis investigados por los disturbios atribuidos a la plataforma

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García Castellón ha citado como investigada este miércoles a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, en el marco de la causa en la que investiga los disturbios atribuidos a la plataforma ‘Tsunami Democràtic’. El magistrado ha rechazado que pueda declarar como investigada por videoconferencia desde Suiza, por lo que deberá hacerlo desde un juzgado de Barcelona.

TIENE VIGENTE ORDEN DE DETENCIÓN

Cabe recordar que Rovira está procesada en rebeldía por el Tribunal Supremo en la causa del ‘procés’ en la que ya se condenó al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros excargos de la Generalitat.

El año pasado, tras la reforma del Código Penal que derogó el delito de sedición, el alto tribunal acordó procesar a Rovira por un delito de desobediencia y dictó una orden de detención –que permanece vigente– “a efecto de recibirle declaración”, tal y como hizo con la exconsejera catalana Clara Ponsatí.

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Fue el pasado lunes cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 acordó llamar a la dirigente a partir de las 10.00 horas, así como al empresario Oriol Soler; al exsecretario de organización de ERC Xavier Vendrell; al militante de ERC Marta Molina; al periodista Jesús Rodríguez Sellés; al considerado tesorero de ‘Tsunami’ Jaume Cabani y al dirigente de Òmnium Cultural Oleguer Serra.

En un principio, el magistrado también acordó escuchar ese día como investigado al jefe de gabinete del expresidente catalán Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, pero suspendió ‘sine die’ esa citación después de que así lo solicitase su defensa.

En cuanto al banquero Nicola Flavio Giulio Foglia, el magistrado acordó la emisión de una orden europea de detención a Italia para que procedan a su localización y toma de declaración por videoconferencia, señalándose, sin perjuicio de lo que resulte de la cooperación judicial, como fecha de declaración este mismo miércoles. Con carácter previo a la emisión de esa orden, señaló el juez, se reiteró al grupo policial investigador la averiguación de domicilio y paradero interesada respecto del investigado.

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En el auto por el que acordó estas citaciones, el magistrado también ofició la práctica de una serie de diligencias dirigidas a esclarecer uno de los hechos objeto de investigación, consistente en las acciones emprendidas por ‘Tsunami Democràtic’ el 9 de noviembre de 2019, día de reflexión en las elecciones generales convocadas para el día siguiente.

En concreto, ofició a la Guardia Civil para que recabe una serie de información. El juez repasaba los acontecimientos registrados durante ese día y señalaba que toda esta secuencia permite evidenciar el conocimiento que el Gobierno de la Generalitat tuvo de los actos convocados por Tsunami para la jornada de reflexión prevista el 9 de noviembre.

COMPETENTE PARA IMPEDIR LOS ACTOS

Igualmente, incidía, permite constatar que el presidente de la Generalitat –por entonces Quim Torra–, como máximo responsable de la “autoridad gubernativa”, conocía de la denuncia presentada ante la Junta Electoral Central, y que la Generalitat era competente para impedir la celebración de estos actos.

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“También se puede comprobar que la Junta Electoral Provincial de Tarragona expresamente instó a la Generalitat, a través de la Dirección General competente del Departamento de Interior, a impedir la celebración de estas actuaciones”, afirmó el magistrado.

Finalmente, indicó el instructor, se puede observar que las actuaciones se desarrollaron ese día sin que conste que se realizara actuación alguna para impedir su celebración por parte de la autoridad gubernativa competente.

“Ante estos hechos, y la posibilidad de encontrarnos ante una infracción penal por omisión del deber de perseguir un delito electoral por parte de los responsables políticos de la Generalitat en aquel momento, se acuerda la práctica de las siguientes diligencias, sin perjuicio de valorar, una vez recibidas, la competencia de este órgano judicial para conocer de estos hechos”, concluyó García Castellón.


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