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Un hombre que agredió sexualmente a la hija de su pareja durante diez años ha sido condenado a 17 años de prisión

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PONTEVEDRA, 10 (EUROPA PRESS)

La sección cuarta de de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 17 años de cárcel a un varón, como autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor y un delito de lesiones, cometidos sobre la hija menor de edad de la que era su pareja.

Según la sentencia, el tribunal considera probado que los hechos ocurrieron desde que la niña tenía 8 años, y se fue a vivir con el acusado, pareja de su madre y con quien tendría otros hijos, hasta que la víctima cumplió los 18 años y se fue a vivir con su padre.

Durante una década, de forma habitual, el procesado acudía por las noches a la habitación donde dormía la menor y realizaba actos sexuales con ella sin su consentimiento. Así, al principio, se masturbaba delante de ella y le tocaba las nalgas, la vagina y el pecho por encima de la ropa, y más adelante pasó a hacerlo por debajo de las prendas, llegando incluso a introducirle los dedos en la vagina y obligarla a hacerle felaciones.

Las agresiones se repetían de forma constante, incluso en casa de los abuelos maternos de la menor, a donde iban a pasar fines de semana y vacaciones. A partir de que la niña cumplió los 13 ó 14 años, comenzó a coaccionarla para que no dijera nada, advirtiéndola de que ella y su madre dependían de él para tener ingresos y una vivienda y, cuando tuvo 16 años de edad, llegó a penetrarla vaginalmente.

Con 18 años, la víctima abandonó la vivienda para irse a vivir con su padre, y se animó a denunciar al descubrir que el acusado había enviado a su prima fotografías de su pene y a veces la espiaba desde una ventana.

Por lo sucedido, la joven sufrió un síndrome ansioso y tuvo dos intentos de suicidio, lo que la llevó a tener que recibir tratamiento. Como secuela, presenta un trastorno de estrés postraumático en grado moderado.

DECLARACIÓN “COHERENTE, CLARA Y CREÍBLE”

La Audiencia considera que la declaración de la víctima fue “coherente, clara y creíble”, y que las peritos psicólogas que comparecieron ante el tribunal corroboraron en sus informes que la chica presentaba “síntomas compatibles con la agresión sexual continuada que relató”.

En cuanto a las declaraciones de los médicos forenses, “distinguieron con total claridad la lesión diagnosticada de la secuela, afirmaron la realidad de los síntomas, establecieron la compatibilidad con una agresión sexual continuada y despejaron cualquier duda sobre la posibilidad de que el síndrome ansioso depresivo reactivo había podido deberse a otras causas”.

En la resolución también se recogen otros “elementos objetivos periféricos que corroboran la versión de los hechos dada por la recurrente”, como la declaración de su madre y la testifical de su prima.

DELITOS Y PENAS

Por estos hechos, la Audiencia ha considerado al procesado autor de un delito continuado de agresión sexual sobre menor de 16 años y un delito menos grave de lesiones, y lo condena a un total de 17 años de prisión.

Asimismo, le impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 100 metros de la víctima por un tiempo superior en 9 años a la pena de cárcel; y lo inhabilita para ejercer el derecho a la patria potestad, tutela o curatela durante 6 años.

Igualmente, lo inhabilita para ejercer oficio o actividad que conlleve contacto con menores durante 10 años, y le impone la medida de libertad vigilada por un tiempo de 8 años.

En concepto de responsabilidad civil, establece una indemnización de 9.900 euros por la lesión psíquica y otros 50.000 euros por las secuelas que padece la víctima.


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