SANTANDER, 11 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Cantabria no ha recurrido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma que le ordenaba recompensar a un ciudadano de la comunidad autónoma que hace 18 años, en 2006, descubrió restos de las ruinas de una ermita perrománica o románica en San Juan de Raicedo, en Arenas de Iguña.
Lo establecía así la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en un fallo que estimaba íntegramente el recurso del demandante y contra el que cabía interponer uno de casación ante el Tribunal Supremo, algo que el Ejecutivo no ha hecho por lo que la resolución es firme ya.
Con ella, la justicia cántabra da la razón a este particular frente a la administración autonómica, a la que dio un plazo de dos meses para iniciar los trámites para tasar y abonar el premio en metálico que corresponde al descubridor de la ermita en ruinas, el 5 de febrero de 2006 durante un itinerario ambiental en el valle del Besaya, entre Cervatos y Santillana del Mar.
Según el demandante, el hallazgo fue comunicado a la administración, que realizó visitas y actuaciones arqueológicas y de seguimiento en el lugar, así como informes que valoraban el interés histórico-artístico de los restos de este pequeño edificio, ubicado junto a una vega fluvial, al pide una ladera.
Las ruinas presentan formas y motivos decorativos que apuntan a cronologías románicas, con lo que la ermita podría datar de la primera mitad del siglo XII, aunque algunos rasgos temáticos y formales serían anteriores, de tiempos prerrománicos. Fueron expuestas en el Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria.
Tras comprobar que su descubrimiento cumplía con la normativa de patrimonio histórico y cultural nacional y autonómica, el hombre se dirigió, en julio de 2011, al Gobierno para solicitar un premio en metálico de parte del valor de tasación legal del hallazgo. Su petición fue desestimada y recurrió entonces a la vía administrativa y judicial durante una década.
En su sentencia, el TSJ estimó el recurso interpuesto en octubre e impugnó la “inactividad administrativa”, por falta de ejecución del acuerdo del Consejo de Gobierno que en diciembre de 2021 reconocía su derecho a un premio en metálico por el descubrimiento y conforme a las leyes de Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Cultural de Cantabria.
“Tiene derecho al cobro de un premio en metálico por el descubrimiento de los restos de una ermita prerrománica o románica en San Juan de Raicedo (Arenas de Iguña), debiendo ser tasados los bienes culturales objeto del hallazgo y abonar al recurrente el premio establecido legalmente más los intereses legales”, reza el fallo, que impone las costas a la administración.
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