MADRID, 31 (SERVIMEDIA)
Los propietarios de viviendas en alquiler en los 140 municipios de la zona declarada como tensionada de Cataluña pueden deducirse un 90% del rendimiento neto positivo obtenido por la renta si formalizan un nuevo contrato sobre una vivienda en el que la renta inicial rebaje en más de un 5% en relación con la última renta del anterior contrato, una vez aplicada la cláusula de actualización anual.
Se trata de una de las medidas introducidas por la Ley de Vivienda y cuya aplicación es posible desde la declaración de zona tensionada que realizó el Gobierno presidido por Pere Aragonès y que afecta a las principales ciudades catalanas.
Además, la deducción fiscal será del 70% cuando el contribuyente hubiera alquilado por primera vez la vivienda, siempre que el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años. La norma especifica que, cuando existan varios arrendatarios de una misma vivienda, esta reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan los requisitos previstos.
Según señalan a Servimedia fuentes del departamento de Isabel Rodríguez, las deducciones se aplican a las rentas obtenidas desde que se publica el área tensionada, es decir, desde el pasado 15 de marzo.
Los incentivos fiscales al alquiler fueron una medida defendida desde el comienzo de la negociación de la Ley de Vivienda por el PSOE y que tuvieron que aceptar Unidas Podemos y el resto de socios parlamentarios que dieron luz verde a la norma, que se oponían a ella. Estas deducciones también fueron celebradas por el PP, pese a su rechazo al resto del texto.
En concreto, las deducciones fiscales más beneficiosas para los propietarios, aquellas que alcanzan el 90% y el 70%, solamente se pueden aplicar en viviendas que se alquilen en zonas de mercado tensionado.
Así, pese a entrar en vigor el 1 de enero de 2024, estos beneficios fiscales no podían tener efecto hasta que alguna comunidad autónoma declarase una zona tensionada, que trae consigo además el control de los precios del alquiler a las viviendas de grandes tenedores y de nuevos contratos que entren al mercado aunque sean de pequeños propietarios.
Cataluña ha sido la primera comunidad en declarar zonas tensionadas, mientras que Navarra y Asturias podrían ser las siguientes en sumarse, ya que han mostrado interés en aplicar el control de precios del alquiler y se encuentran en proceso de analizar la realidad en sus respectivas regiones. Mientras, las comunidades gobernadas por el PP rechazan la declaración de zonas tensionadas.
DEDUCCIONES GENERALES
En cambio, sí que puede aplicarse sin necesidad de declarar zonas de mercado tensionado una deducción del 70% cuando el arrendatario sea una Administración Pública o una entidad sin fines lucrativos que destine la vivienda al alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda, al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica o cuando la vivienda esté acogida a algún programa público de vivienda o calificación en virtud del cual se establezca una limitación en la renta del alquiler.
También podrán aplicarse unas deducciones del 60% cuando la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento bajo unos determinados criterios. En el resto de los casos, existe una deducción del 50%, mínimo que se rebajó frente al 60% que se fijaba antes de la entrada en vigor de la norma.
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