MADRID, 29 (SERVIMEDIA)
Los circos que empleen animales silvestres en cautividad están prohibidos desde este Viernes Santo en toda España, según se establece en la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales.
El grueso de esa norma entró en vigor el 29 de septiembre del año pasado, pero desde entonces quedaban varios asuntos pendientes, bien por falta de desarrollo reglamentario o bien porque así lo establece la propia ley.
El texto, recogido por Servimedia, indica en su disposición transitoria tercerea que los propietarios de circos, carruseles y atracciones de feria disponen de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley (lo que ocurrió el pasado 29 de septiembre) para “modificar su actividad y, en su caso, poner en conocimiento de la autoridad competente las especies y número de animales silvestres en cautividad que obran en su poder”.
Además, desde este viernes caducarán las licencias que habiliten el uso de animales silvestres para esos espectáculos y los animales que dejen de ser utilizados deberán ser realojados en “los lugares más adecuados para garantizar su bienestar, pudiendo ser su destino reservas o refugio permanente para animales”, según la ley.
COMUNIDADES Y MUNICIPIOS
No obstante, 12 comunidades autónomas ya tenían prohibidos los circos con animales desde que Cataluña fuera la primera en 2015, por delante de Baleares, Galicia, Murcia, La Rioja, Comunidad Valenciana, Aragón, Extremadura, Asturias, Navarra, Castilla-La Mancha y País Vasco, según la coalición InfoCircos.
Además, esta coalición indica que al menos 480 municipios españoles repartidos por todas las comunidades autónomas no admiten los circos con animales, entre ellos 121 en Cataluña, 67 en la Comunidad de Madrid, 57 en Galicia, 52 en Andalucía y 40 en la Comunidad Valenciana.
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