SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo refuerza a partir de este jueves las medidas de control del consumo de agua ante el estado de sequía en demarcaciones geográficas que son de su competencia: Mediterráneas Andaluzas, Guadalete-Barbate y Tinto-Odiel-Piedras.
Entre otras medidas, que afectan al uso urbano, rural e industrial del agua, la Junta de Andalucía acota en el ámbito agrícola que la reducción del consumo de agua oscilará entre un 20%, como establece para las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, mientras que en el caso del Tinto-Odiel-Piedras será de un 50% en el ámbito de Costa de Huelva-Andévalo, y llegará a ser de un 75% esa rebaja del gasto para Guadalete-Barbate.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este miércoles tres órdenes ante el estado de sequía que rubrica la titular de este departamento, Carmen Crespo, medidas de las que se remarca que por “su carácter excepcional y de urgencia surtirá efectos el día siguiente al de su publicación”, esto es, a partir de este jueves.
En todos los supuestos las medidas han contado con el informe favorable de la Comisión para la Gestión de la Sequía de cada respectiva Cuenca, que se reunieron entre el 8 de febrero, en el caso de Guadalete-Barbate; el 9 de febrero, la de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas; y el 12 de febrero, la de la Demarcación del Tinto-Odiel-Piedras.
Las tres órdenes coinciden en describir las tres demarcaciones hidrográficas bajo un “estado de excepcional sequía con escasez grave”.
Las medidas de Agricultura descansan sobre las previsiones del Decreto 178/2021, norma que establece los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para gestionar los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía.
En el caso del uso urbano, para el Campo de Gibraltar, enmarcado en las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, se establece que “no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día considerando el total de recursos”, con el matiz de que se diferenciará entre los meses de febrero a mayo según la población residente, mientras que para el periodo de junio a septiembre se contabilizará la residente y la estacional.
En esta zona el consumo agrícola se reducirá un máximo de un 25% sobre la demanda media, mientras que el uso industrial se rebajará un 20%.
Dentro de la Cuenca Mediterránea Andaluza, para el Sistema Costa del Sol Occidental, el uso urbano también se acota en 160 litros por habitante y día, se apunta también que “se maximizará el uso de los recursos subterráneos del Sistema de Explotación (pozos de Guadalmansa y Fuengirola) así como los recursos no convencionales procedentes de la desalación (IDAM de Marbella), para el abastecimiento urbano”.
En el Sistema Guadalhorce-Limonero, para uso urbano “los volúmenes suministrados en depósitos de cabecera municipal o toma de red colectiva no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante”, mientras que en el ámbito rural la limitación de riegos es de un 25%, mientras que “el volumen de riego para el año hidrológico queda reducido a un máximo de 5 hectómetros cúbicos que sólo se aplicarán a partir del mes de junio”.
En el Sistema Viñuela-Axarquía, también opera la limitación de 160 litros por habitante y día; mientras que en el Sistema Béznar-Rules, “la reducción del consumo para el abastecimiento será de un 5%” y en el uso agrario el objetivo es reducir el consumo hasta un 20%; en el Sistema Benínar, la reducción del consumo para el abastecimiento es de un 5% y de un 20% para el uso agrario; en el Sistema Cuevas de Almanzora, en el uso urbano, los volúmenes suministrados no podrán superar la dotación de 200 litros por habitante y día; en zonas sin regulación de la Demarcación Hidrográfica, sin incluir las de Granada, el uso urbano se acotará a 160 litros día/habitante.
GUADALETE-BARBATE
En el Sistema Guadalete, se indica en su orden que para el uso urbano, “los volúmenes suministrados en depósitos de cabecera municipal o toma de red colectiva, no podrán superar la dotación de 200 litros por habitante y día”, mientras que sobre el uso agrícola se establece “una reducción del 75% del volumen de riego para el año hidrológico 2023-2024, siempre que se garantice el abastecimiento urbano”, para lo que invoca en ese sentido las previsiones del Decreto-ley 2/2024 sobre medidas adicionales para paliar los efectos de la sequía.
“Esa limitación de los volúmenes suministrados para riego agrícola de hasta el 75% afectará igualmente a los recursos superficiales y a los procedentes de aguas subterráneas”, apunta la orden de la Consejería de Agricultura sobre este sistema.
Sobre los usos industriales, establece “un 20% de reducción”.
En el caso del Sistema Barbate, “se aplica una reducción del 75% al volumen de riego para el año hidrológico 2023-2024”, con la precisión de que “esta limitación para el riego agrícola afectará igualmente a los recursos superficiales y a los procedentes de aguas subterráneas”, mientras que precisa que para estas reducciones “se adoptará como valor representativo la media de los tres últimos años hidrológicos que hayan estado en situación hidrológica de normalidad”.
TINTO-ODIEL-PIEDRAS
En la Demarcación Tinto-Odiel-Piedras, la orden de la Consejería de Agricultura apunta sobre la Costa de Huelva y Andévalo, sobre el uso urbano, “activar planes de ahorro del agua en las Unidades de Demanda Urbana con el objetivo de alcanzar el 10% de reducción en el abastecimiento urbano”, mientras que en el caso del uso agrario, estasblece “reducir el volumen de riego un 50%”, mientras que en el uso industrial, “la reducción será del 10%”.
Sobre la Unidad Territorial Sierra de Huelva, apunta para el uso urbano “activar planes de ahorro del agua en las Unidades de Demanda Urbana con el objetivo de alcanzar al menos el 20% de reducción en el abastecimiento urbano”, de manera que la previsión es que “no podrán superar la dotación de 200 litros por habitante y día” con la advertencia de “deber respetar en cualquier caso la dotación destinada a uso doméstico definida en los vigentes planes hidrológicos”.
“En el caso del uso agrario, se estará a lo dispuesto en el PES, reduciéndose los riegos hasta garantizar el abastecimiento humano”, señala la orden de Agricultura.
LLENADO DE PISCINAS PÚBLICAS, TERAPÉUTICAS Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
Estas tres órdenes de la Consejería de Agricultura que este miércoles ha publicado el BOJA se suman al anuncio que hizo el día 14 de marzo el secretario general de Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Ramiro Angulo, cuando indicó en un comunicado el acuerdo por unanimidad de permitir el llenado de piscinas públicas municipales, clubes deportivos o sociales, aquellas que se destinan a fines terapéuticos en centros sanitarios y las de alojamientos turísticos que figuren en el registro oficial de la Junta de Andalucía.
Angulo presidió sendas reuniones telemáticas de la Comisión para la Gestión de la Sequía de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas y del Guadalete-Barbate, encuentro donde se detalló las posibilidades que establece el IV Decreto de Sequía.
En ambas citas se analizaron las medidas e infraestructuras que prevé el IV Decreto de Sequía para avanzar hacia el equilibrio hídrico en Andalucía y luchar contra los efectos del presente ciclo de déficit hídrico.
En ambas reuniones se ha acordado por unanimidad la revisión de las medidas de ahorro para Guadalete-Barbate y Cuencas Mediterráneas al haberse beneficiado de unos aportes de 45 hectómetros cúbicos y 22 hectómetros cúbicos respectivo como consecuencia del último periodo de lluvia.
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