SANTANDER, 19 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander ha declarado terminado el pleito sobre la comisión de investigación del contrato de basuras del Ayuntamiento de la capital Santander al considerar que la comisiones anteriores a la nueva Corporación que salió en mayo de las urnas quedaron extinguidas y porque el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado nula la modificación del Reglamento municipal que permitió la creación de citada comisión de investigación.
En concreto, la sala ha resuelto dos recursos sobre la comisión de investigación del contrato de basuras creada por acuerdo del Pleno en julio de 2022.
En uno, según ha informado el TSJC, concejales de la oposición recurrían la decisión de septiembre de ese año de la alcaldesa, Gema Igual (PP), de estimar el recurso de reposición que miembros del Grupo Popular presentaron en agosto contra la convocatoria de constitución de la comisión de investigación.
En una sentencia dada a conocer este martes, el magitrado declara la terminación del procedimiento porque de las elecciones del 28 de mayo del pasado año salió una nueva Corporación y las comisiones anteriores quedaron extinguidas.
“Disuelto el Pleno, se disuelven las comisiones y será el nuevo Pleno, con su nueva constitución de grupos políticos y conforme a la nueva proporcionalidad, la que tome las decisiones oportunas en relación a sus comisiones”, explica la sentencia.
Al hilo señala que “extinguida la comisión de investigación que sí se había constituido, es imposible convocarla y, por ello, carece de sentido resolver sobre la validez o invalidez, eficacia o ineficacia, de la convocatoria de una comisión que ya no existe.”
Y, también, porque el pleito “ha perdido su objeto” ya que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha declarado la nulidad radical de la modificación del Reglamento municipal que permitió la creación de la comisión de investigación de basuras.
En este sentido, señala la sentencia que “siendo nula la modificación del Reglamento que habilitaba la creación de comisiones de investigación, deviene también nulo el acto de aplicación, en este caso, la convocatoria de la comisión constituida”.
Como en otras resoluciones dictadas a lo largo de este procedimiento, el magistrado precisa que el único objeto al que se refiere es la resolución que anula la convocatoria de la comisión. Y que la constitución de esa comisión y la modificación del Reglamento de cara a permitir la constitución de esa comisión son objeto de otros prodecimientos.
La segunda sentencia difundida este martes sobre la comisión de investigación de basuras resuelve el recurso presentado por la alcaldesa y su equipo de Gobierno de entonces contra el acuerdo del Pleno de septiembre que desestimó la reposición de concejales del PP contra el acuerdo de julio que aprobó la creación de la citada comisión.
En este caso, el magistrado ha estimado el recurso de la alcaldesa y sus ediles porque, a lo largo de la tramitación del procedimiento, el Ayuntamiento de Santander se ha allanado, esto es, se ha conformado con la demanda.
Así, el juzgado ha anulado el acuerdo del Pleno de julio que creó la comisión y también el acuerdo del Pleno de septiembre que desestimó la reposición de concejales del PP contra el acuerdo anterior.
En ambos casos, las sentencias no son firmes, ya que cabe recurso de apelación que resolvería la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC.
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