SEVILLA, 12 (EUROPA PRESS)
Una plataforma de empleados del Ayuntamiento de Sevilla ha alertado de que unos 95 trabajadores municipales, principalmente de los servicios sociales, habrían quedado excluidos de los procesos de estabilización derivados de la legislación estatal de reducción de la temporalidad en el empleo público, por la aplicación de criterios supuestamente “más restrictivos” que los estipulados por la propia regulación nacional.
En marzo de 2020, recordémoslo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitía su sentencia sobre el litigio promovido ante la Unión Europea contra la Administración española, en demanda de que se declarase como trabajadores indefinidos a los empleados públicos españoles incorporados como interinos o temporales, pero que suman años y años de servicio por un supuesto abuso de las instituciones en la contratación eventual.
El tribunal europeo determinaba que “incumbe al órgano jurisdiccional nacional apreciar, con arreglo al conjunto de normas de su Derecho nacional, si la organización de procesos selectivos destinados a proveer definitivamente las plazas ocupadas con carácter provisional por empleados públicos nombrados en el marco de relaciones de servicio de duración determinada; la transformación de dichos empleados públicos en indefinidos no fijos o la concesión a estos empleados públicos de una indemnización equivalente a la abonada en caso de despido improcedente constituyen medidas adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos”.
Y es que según el tribunal, “en caso de utilización abusiva por parte de un empleador público de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada, el hecho de que el empleado público haya consentido el establecimiento o la renovación de dichas relaciones no priva de carácter abusivo al comportamiento del empleador”.
LA LEY ESTATAL
La situación fue resuelta mediante un proyecto de ley estatal para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que reserva concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años. Fruto de dicha regulación, los trabajadores de la Administración Pública con carácter de interinidad con más de cinco años en el mismo puesto pueden conseguir una plaza fija, sin necesidad de opositar, mediante un concurso de méritos amparado en el artículo 61.6 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Al respecto, este colectivo de empleados del Ayuntamiento hispalense precisa que esta regulación nacional estipula que los procedimientos de las administraciones para aplicar la misma deben estar resueltos antes de finalizar este año 2024, habilitando para ello a las instituciones a cubrir incluso “un diez por ciento más” de sus plazas vacantes.
El Ayuntamiento de Sevilla, según aseguran, “ha identificado 735 plazas” a las cuales aplicar la citada solución, requiriendo a los beneficiarios al menos cinco años “ocupando plaza de la misma denominación” y “ejercicios aprobados en procesos selectivos en el Consistorio para puestos de la misma denominación, en el caso de que estos se hayan celebrado en los últimos 20 años”.
OTRAS SITUACIONES
Pero el colectivo avisa de que “los resultados de los procesos de estabilización han sacado a la luz situaciones de profesionales que, cumpliendo los criterios establecidos”; quedan ajenos a estos procedimientos de consolidación, especialmente en los ámbitos de los servicios sociales, atención a las desigualdades y cuidado de las personas, donde abundan las plantillas adscritas a programas temporales de renovación anual o plurianual, cuya financiación comparte el Consistorio con la Junta.
“El Ayuntamiento ha establecido para la identificación de las plazas a incluir en los procesos de estabilización criterios bastante más restrictivos respecto a la ley, determinando que sólo pueden incluirse plazas ya consideradas como estructurales antes del procedimiento, y excluyendo otras con muy larga duración en su desempeño”, indica el colectivo precisando que la situación afecta a unos 95 empleados.
Ello ha generado, según la plataforma, “situaciones de evidente trato desigual respecto a las plazas que deben ser ofertadas por el proceso de estabilización”, por lo que reclama la estabilización de todas las personas que, “cumpliendo con los requisitos establecidos por el Ayuntamiento en sus procesos de estabilización y reflejan las baremaciones, no han conseguido plaza” al no estar adscritas a actividades consideradas como estructurales de la administración local hispalense.
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