GIJÓN, 6 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Social número 3 de Gijón ha estimado la sentencia presentada por una afiliada de la Corriente Sindical de Izquierdas, por la que se reconoce que fue objeto de baja en el sindicato por el motivo de pertenecer a una corriente “crítica” del mismo, según una nota de prensa de La Clase Trabayadora.
Según las mismas fuentes, la afiliada requirió al secretario general de la CSI la presentación de las cuentas y constituyó una candidatura alternativa en el VIII Congreso de la CSI.
Asimismo, se ha remarcado que el fallo judicial señala que la baja de la afiliada es consecuencia “del acoso que la CSI ejerce sobre las personas de esta candidatura La Clase Trabayadora, sin que exista procedimiento, normativa interna, ni órgano competente, para acordar lo que no es más que su expulsión”.
En este sentido, han llamado la atención sobre que la comunicación de la baja de la CSI a la afiliada realizada por su secretario general, Nacho Fuster, “evidencian la inadmisión dentro del sindicato del espíritu crítico, en definitiva, de la libertad de expresión del art. 20 CE, derecho fundamental absolutamente necesario dentro de toda organización que se ha de regir por parámetros democráticos”.
“Una organización sin espíritu crítico no permite amparar la práctica de derechos fundamentales y es contraria a la propia Constitución”, se señala en la sentencia.
“En definitiva, la limitación de derechos fundamentales como la libertad de expresión y la baja de la trabajadora, delegada sindical, sin motivo previsto y sin observar un procedimiento específico al acordarse por órgano sin competencia, sin mecanismos de defensa del afiliado, únicamente puede suponer que de forma efectiva, se está hostigando a aquellas personas del sindicato que no están conformes con la gestión de la organización”, se añade.
El fallo judicial indica, por tanto, que se han vulnerado los derechos fundamentales de la afiliada. Por ello, se estima la indemnización solicitada –50.000 euros– por la afiliada, “ya que debido a su expulsión del sindicato vio frustrada la posibilidad de presentarse a las elecciones sindicales que se celebraron en junio de 2023 por la CSI, adoptándose la decisión por órganos sin competencia para ello y por una causa no prevista, y sin que existan mecanismos internos de defensa”, han apuntado.
Esta se suma a una sentencia anterior por la expulsión de otro afiliado “sin procedimiento establecido ni marco legal”. Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala del Tribunal Superior Justicia de Asturias.
- Te recomendamos -